W20 Argentina W20Argentina

N° 40672/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.

Edictos Judiciales jueves, 19 de junio de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.

11 - SECRETARÍA NRO. 21

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 11, Secretaría N° 21, sito en la calle Sarmiento N° 1118, piso 3° de

esta ciudad, (teléfono 4124-7089/ correo: jnpenaleconomico11.sec22@pjn.gov.ar), en el marco de la causa N° CPE

346/2017 (196) caratulada: “WEROS SA SOBRE INFRACCIÓN LEY 16.463”, notifica al señor representante legal

de WEROS SA (CUIT N° 30-51569859-7) lo dispuesto por el punto II del auto de fecha 28 de diciembre de 2023

(cfr. Art. 145 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por aquel decreto se dispuso: “Buenos Aires,

28 de diciembre de 2023. II.- En atención a la solicitud de archivo efectuada por la parte ejecutante y que de las

constancias obrantes en autos surge que la firma WEROS SA fue notificada de la demanda de ejecución que

dio inicio a las presentes actuaciones (cfr. actuaciones incorporadas el 2/11/2021), córrase traslado a la parte

demandada en los términos establecidos por el último párrafo del art. 304 del CPCyCN… FDO: MARÍA VERÓNICA

STRACCIA. JUEZA DE 1RA INSTANCIA. ANTE MI: CARLA LICATA CARUSO. SECRETARIA.” Por último, se le

hace saber que la presentación efectuada por la parte ejecutante reza: “DENUNCIA PAGO TOTAL. ACOMPAÑA

RECIBOS. SE ARCHIVE. SR. JUEZ: ADRIÁN ERNESTO GALLI BASUALDO (Tº 52 Fº 904), letrado apoderado

de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MEDICA (A.N.M.A.T.) ,

conservando el domicilio constituido en autos ´WEROS S.A. s/INFRACCION LEY 16.463 DENUNCIANTE: ANMAT

(CAUSA N° 346 / 2017) ´, a V.S. respetuosamente digo: I.- Que vengo a denunciar el pago total de la deuda

que la demandada mantenía para con mi representada, acompañando al presente las constancias de pagos

efectuadas por la demandada emitídas por la tesoraría de la ANMAT en formato pdf y manifestando asimismo

en esta oportunidad que ha cancelado la totalidad del capital y sus intereses. II.- Manifiesto además que la

parte demandada ha cancelado los honorarios profesionales estimados para los presentes obrados por la labor

profesional desarrollada.-. III.- Teniendo en cuenta que se han cancelado todos los montos y rubros reclamados

en autos, solicito a V.S. se disponga el archivo definitivo de la presente causa. Proveer de Conformidad. SERÁ

JUSTICIA. FDO: ADRIÁN ERNESTO GALLI BASUALDO.” María Verónica STRACCIA Juez - María Verónica

STRACCIA Jueza a cargo del Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro 11

e. 12/06/2025 N° 40672/25 v. 19/06/2025