N° 42801/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo del Dr. Javier J. Cosentino, Sec. N° 18 a mi cargo,
sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 17.06.25 en el Exp. Nro.
8044/2023 se decretó la quiebra indirecta de AXXE S.A. (C.U.I.T. Nro. 30-70785463-0) con domicilio en México
628, Piso 7° CABA. Hasta el día 05.09.25 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente sus
insinuaciones junto con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 8044/2023/1, a cuyo fin deberán dar
estricto cumplimiento a lo dispuesto con fecha 17.06.25 a lo que se remite (v. pto. II ap. “i”). En tal inc. deberán
también ingresarse las observaciones que se formulen en los términos del art. 34 LCQ y sus contestaciones según
lo autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto por el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta
identificada con CBU 0290052010000035188543 de titularidad de la síndico Cdora. María del Carmen SALOMONE
(CUIT 27-12204249-4). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.695 - Segunda Sección 174 Viernes 27 de junio de 2025
cuente con asistencia letrada deberán solicitar turno a la síndico -con domicilio en Uruguay 390, piso 8o, Dpto. “B”
CABA y tel. 4862-5619- vía email a mdelc56@gmail.com. A tal fin, deberán dar estricto cumplimiento a las pautas
fijadas en el pto. II ap. “i” del decisorio de fecha 17.06.25 a lo que se remite. El síndico presentará los informes
que disponen los arts. 35 y 39 LCQ los días 17.10.25 y 02.12.25 -respectivamente-. La fecha para dictar el auto
verificatorio vence el día 31.10.25. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el día 19.11.25 a las 11:00 hs.
en la sala de audiencias del tribunal. Se intima a 3ros. para que entreguen al síndico los bienes de la deudora que
tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces.
Buenos Aires, junio de 2025 JAVIER J. COSENTINO Juez - FLORENCIA M. CLAUS SECRETARIA
e. 23/06/2025 N° 42801/25 v. 27/06/2025