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N° 45401/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL

Edictos Judiciales martes, 1 de julio de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL

FEDERAL NRO. 4 - SECRETARÍA NRO. 8

“En los autos caratulados “ADAMOLI, LUCAS AUGUSTO C/MEDICUS SA S/SUMARÍSIMO DE SALUD” Expte.

n° 4279/2017 que tramita ante el Juzgado Nacion al de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal nº 4 a

cargo del Dr. José Luís Cassinerio, Secretaría nº 8, a cargo del Dr. Federico Matías Krysa, sito en la calle Libertad

731, piso 5°, CABA, ha recaído sentencia firme en la cual se ha condenado a Medicus SA a devolver el sobreprecio

de las cuotas a sus afiliados, correspondientes al 9,5% del 12/12/2011 y del 5% del 10/05/2012 -que repercutieron

en el valor de las sucesivas cuotas-, toda vez que los mismos no fueron autorizados por la autoridad de aplicación.

En este sentido, se determinó que Medicus SA deberá reintegrarle a los afiliados en la época de los aumentos no

autorizados las sumas que surjan de la diferencia entre el monto facturado con posterioridad al mes de diciembre

de 2011 y el monto que debía efectivamente abonar sin dicho aumento de cuota y que, dicha suma a determinar,

llevará intereses desde la fecha en que se efectuó cada erogación indebidamente facturada por Medicus SA,

conforme la tasa activa vencida que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento

a treinta días. Para aquellos beneficiarios que aún se encuentren afiliados a MEDICUS SA la suma a compensar

será acreditada mediante notas de crédito en las sucesivas cuotas de afiliación y, en el caso de los que no se

encuentren afiliados en la actualidad, deberán acreditar dicha condición en autos a los fines de que MEDICUS SA

efectúe el reintegro”.

JOSE LUIS CASSINERIO Juez - FEDERICO MATIAS KRYSA SECRETARIO

e. 01/07/2025 N° 45401/25 v. 02/07/2025