N° 45367/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29
“Se hace saber que en los autos “ADDUC c/ GGAL s/ ordinario”, expediente COM 026942/2011, que tramitan por
ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 15, Secretaría N° 29, sito en Av. Callao 635 3er
Piso, C1022, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Marta G. Cirulli, las partes han arribado
a un acuerdo transaccional, en virtud del cual el Banco GGAL reintegrará el 80% de la comisión por otorgamiento
de crédito cobrada en préstamos personales otorgados por el Banco HSBC BANK ARGENTINA S.A. en cuentas
sueldo entre el 30/6/2009 y el 26/9/2013 (fechas en comenzó y dejó de cobrarse respectivamente). A dicha suma se
le aplicará un interés calculado a la Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento
a 30 días en Pesos, no capitalizable, utilizada en el fuero comercial, desde la fecha de cada cobro y hasta la fecha
de devolución. Los usuarios que actualmente sean clientes del Banco GGAL verán reflejada la acreditación en su
cuenta a la vista, dentro de los 45 días hábiles de vencido el plazo de exclusión. Los usuarios que hayan dejado
de ser clientes del Banco GGAL (ex Banco HSBC) pero que tuvieran abierta a su nombre alguna cuenta a la vista
en alguna otra entidad bancaria del sistema financiero, verán reflejada la acreditación en su cuenta, dentro de los
45 días hábiles de vencido el plazo de exclusión. Los usuarios que hayan dejado de ser clientes del Banco GGAL
(ex Banco HSBC) y que no tuvieran abierta a su nombre alguna cuenta a la vista en alguna otra entidad bancaria
del sistema financiero, podrán contactarse hasta el 25/06/2028 a través de la dirección de correo electrónico
gestionotorgamiento@bancogalicia.com.ar a fin que previa acreditación de su identidad adjuntando copia de su
DNI en formato PDF, indiquen una cuenta bancaria donde realizar la transferencia de la acreencia. Se hace saber
asimismo que los clientes individuales que así lo deseen pueden apartarse de la solución general adoptada en
el Acuerdo Transaccional-, para lo que deberán notificar al Juzgado interviniente dentro de los 45 días corridos
contados desde la fecha de publicación del presente aviso en el Boletín Oficial” MARTA G. CIRULLI Juez - ANA
PAULA FERRARA SECRETARIA
e. 01/07/2025 N° 45367/25 v. 01/07/2025