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N° 45367/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29

Edictos Judiciales martes, 1 de julio de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29

“Se hace saber que en los autos “ADDUC c/ GGAL s/ ordinario”, expediente COM 026942/2011, que tramitan por

ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 15, Secretaría N° 29, sito en Av. Callao 635 3er

Piso, C1022, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Marta G. Cirulli, las partes han arribado

a un acuerdo transaccional, en virtud del cual el Banco GGAL reintegrará el 80% de la comisión por otorgamiento

de crédito cobrada en préstamos personales otorgados por el Banco HSBC BANK ARGENTINA S.A. en cuentas

sueldo entre el 30/6/2009 y el 26/9/2013 (fechas en comenzó y dejó de cobrarse respectivamente). A dicha suma se

le aplicará un interés calculado a la Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento

a 30 días en Pesos, no capitalizable, utilizada en el fuero comercial, desde la fecha de cada cobro y hasta la fecha

de devolución. Los usuarios que actualmente sean clientes del Banco GGAL verán reflejada la acreditación en su

cuenta a la vista, dentro de los 45 días hábiles de vencido el plazo de exclusión. Los usuarios que hayan dejado

de ser clientes del Banco GGAL (ex Banco HSBC) pero que tuvieran abierta a su nombre alguna cuenta a la vista

en alguna otra entidad bancaria del sistema financiero, verán reflejada la acreditación en su cuenta, dentro de los

45 días hábiles de vencido el plazo de exclusión. Los usuarios que hayan dejado de ser clientes del Banco GGAL

(ex Banco HSBC) y que no tuvieran abierta a su nombre alguna cuenta a la vista en alguna otra entidad bancaria

del sistema financiero, podrán contactarse hasta el 25/06/2028 a través de la dirección de correo electrónico

gestionotorgamiento@bancogalicia.com.ar a fin que previa acreditación de su identidad adjuntando copia de su

DNI en formato PDF, indiquen una cuenta bancaria donde realizar la transferencia de la acreencia. Se hace saber

asimismo que los clientes individuales que así lo deseen pueden apartarse de la solución general adoptada en

el Acuerdo Transaccional-, para lo que deberán notificar al Juzgado interviniente dentro de los 45 días corridos

contados desde la fecha de publicación del presente aviso en el Boletín Oficial” MARTA G. CIRULLI Juez - ANA

PAULA FERRARA SECRETARIA

e. 01/07/2025 N° 45367/25 v. 01/07/2025