N° 47012/25 Aviso del Boletín Oficial
CONCESIONARIA VIAL DEL SUR S.A. – COVISUR S.A.
Texto del aviso
CONCESIONARIA VIAL DEL SUR S.A. – COVISUR S.A.
CUIT 33-64016829-9. Hace saber que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 23/06/2025, se resolvió
reformar los artículos Segundo, Cuarto y Décimo del Estatuto Social, quedando el texto de los mismos redactado
de la siguiente manera: “ARTICULO SEGUNDO: El plazo de duración de la Sociedad se amplía en 99 años contados
a partir de la fecha de la inscripción de su constitución en el Registro Público de Comercio”; “ARTICULO CUARTO:
El capital Social se fija en la suma de $ 27.770.000 (pesos veintisiete millones setecientos mil), representados
por 2.770.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables con derecho a un (1) voto por acción, de valor
nominal $ 10 (pesos diez) cada una de ellas, dividido en 3 (tres) clases denominadas Clase “A”, compuesta por
923.333 acciones, Clase “B”, compuesta por 923.333 acciones, y Clase “C”, compuestas por 923.334 acciones. El
capital así dividido en grupos podrá ser aumentado con los alcances y limitaciones establecidas en este estatuto,
manteniéndose la proporción que a cada grupo de acciones le corresponde en relación al total del capital social.
El capital social puede aumentarse al quíntuplo por decisión de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas,
pudiendo delegar en el Directorio la época de emisión, condiciones y forma de pago de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 188 de la Ley 19.550”; “ARTICULO DÉCIMO: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo
de un directorio compuesto por tres (3) directores, debiéndose elegir igual número de miembros suplentes, quienes
reemplazarán a los directores titulares en caso de muerte, ausencia, renuncia o cualquier otro impedimento. Los
accionistas de cada clase de acciones tendrán derecho a elegir un (1) director por cada clase. La elección será de
la siguiente forma: constituida la asamblea, los accionistas de cada clase elegirán al director a que tienen derecho,
debiendo elegir, asimismo, cada clase un director suplente para reemplazar al titular de la respectiva clase de
acción. La elección se hará en todos los casos por mayoría de votos de los accionistas de cada clase presentes
en la Asamblea. Si no concurrieran accionistas de alguna de las clases precitadas, el director titular y suplente que
le corresponda elegir a esa clase de acción, será elegido por la Asamblea General de Accionistas. Para el caso de
empate en la elección de directores dentro de una clase de acciones, elegirá la Asamblea General de Accionistas,
la que deberá limitarse a elegir de entre los candidatos propuestos por los accionistas de cada clase en que se
produjo el empate. En caso de renuncia, impedimento, o incapacidad del director titular y suplente que represente
accionistas de determinada clase, el directorio o la comisión fiscalizadora deberá convocar a Asamblea dentro
del máximo de cuarenta días, a los efectos de la elección correspondiente. La remoción de los directores deberá
ser dispuesta por la correspondiente clase electora reunida en asamblea especial, con las mismas formalidades
y requisitos exigidos para su elección. Cuando la remoción fuere por justa causa, el derecho será de todos los
accionistas sin tener en cuenta las distintas clases, sin perjuicio que, en su caso, el nuevo director sea designado
exclusivamente por la clase a la que pertenecía el director removido”. Autorizado según instrumento privado Acta
de Asamblea de fecha 23/06/2025
FERMÍN ALFREDO FORNIELES - T°: 136 F°: 589 C.P.A.C.F.
e. 04/07/2025 N° 47012/25 v. 04/07/2025