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N° 15/24 Aviso del Boletín Oficial

GAIC S.R.L.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES viernes, 4 de julio de 2025

Texto del aviso

GAIC S.R.L.

CUIT 30-71821672-5. GAIC SRL. Por escritura N° 22, del 30/01/2025, Folio 58, Registro 6 Morón, comparecieron

los socios que representan el 100% del capital social y Gerentes, para formalizar la petición de Cancelación

registral en I.G.J. por inactividad. Conforme Art. 162 Anexo A, Res. IGJ, N° 15/24 se informa: a) Denominación:

GAIC SRL, constituida el 08/11/2022, Esc. N° 3195, y sus esc.complementarias n° 1012; 1363; y 1564, todas

en Registro 501 de CABA. Inscripción I.G.J.: N° 9150, Libro 170 de SRL, el 31/08/2023; b) SEDE SOCIAL: Av.

Independencia 356. Piso 5 Dto. 31 CABA. c) SOCIOS: Rodrigo Gaston GRACIA, argentino, DNI 37.433.828, CUIT

20-37433828-6, Nac. 06/03/1993, domicilio Av. Independencia 356, Piso 5, Dto. 31, C.A.B.A. y Angeles MONTES

KAISER, argentina, DNI 38.733.128, CUIT 27-38733128-5, nac. 25/04/1995, domicilio Salta 793, Piso 4, Dto. A,

C.A.B.A.; ambos solteros y contadores públicos, quienes comparecieron por sí y en sus caracteres de GERENTE

TITULAR Y SUPLENTE, respectivamente. En esc. declararon bajo juramento que desde la constitución la sociedad

se mantuvo encuadrada ininterrumpidamente en las condiciones negativas exigidas por Art. 162 Anexo A, Res.

IGJ, N° 15/24, no tuvo ningún tipo de movimiento, no realizaron ningún acto registral, no rubricó libros, no se dió

de alta en ningún régimen tributario, no existen juicios ni pedidos de concurso y/o quiebra, en contra de los socios

o sociedad, no tiene bienes registrables y asumieron ambos responsabilidad ilimitada y solidaria, renuncian al

beneficio de excusión. Conservación de Documentos sociales: Ambos socios asumen responsabilidad de guarda

y constituyen domicilios especiales en los reales declarados en inciso a. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 22 de fecha 30/01/2025 Reg. Nº 6 Moron

Carolina Edith Sequeira - T°: 136 F°: 35 C.P.A.C.F.

e. 04/07/2025 N° 46964/25 v. 04/07/2025