N° 20434/2023 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 56
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 56
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 28, a cargo del Dr. Diego Manuel Paz Saravia,
Secretaría Nº 56, que desempeña el Dr. Fernando Wetzel, sito en calle Montevideo 546, piso 3°, CABA, comunica
que con fecha 18/6/2025 se decretó la quiebra de DOMENICA S.R.L. (CUIT 30-71128944-1), en el proceso
caratulado: “DOMENICA S.R.L. s/QUIEBRA” (EXPTE. N° 20434/2023). La síndico designada en la causa es la
Contadora Patricia Liliana Dios, con domicilio constituido en la calle Felipe Vallese (ex Canalejas) 3061, CABA,
domicilio electrónico: 27149272785, tel. 1562061930, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos
justificativos de sus créditos hasta el 1/9/2025. El procedimiento de verificación tempestiva se llevará a cabo del
siguiente modo: Los pedidos de verificación deberán ser enviados a las casillas de correo electrónico informadas
por la síndico (diospatricia@yahoo.com y albertoquinteros@estudioquinteros.com.ar). Los correos electrónicos
deberán enviarse conforme las pautas fijadas en el auto de apertura que puede ser consultado en el sitio web del
PJN.gov.ar. Deberá denunciarse junto con la información que exige la LCQ 32, la dirección de correo electrónico y
un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda comunicarse en su caso a los fines previstos por la LCQ 33.
Las insinuaciones deberán ser ingresadas por la sindicatura una vez vencido el plazo para formular impugnaciones
u observaciones en el incidente nro. 1, formado a tal efecto. El plazo para formular impugnaciones y observaciones
vence el día 15/9/2025, debiendo los acreedores presentar las mismas o informar acerca de su inexistencia (art.
34 LCQ). Los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ, deberán presentarse los días 13/10/2025 y 26/11/2025,
respectivamente. Intímase a la fallida, sus administradores, y a los que tengan bienes y documentos del mismo, a
ponerlos a disposición del síndico, dentro de los cinco días. Prohíbese hacer entrega de bienes y/o pagos al fallido
so pena de considerarlos ineficaces. Intímase a la fallida y a sus administradores a constituir domicilio procesal
dentro del radio del Juzgado dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de notificarle las sucesivas resoluciones en
los estrados del Juzgado. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial. En Buenos Aires, 1 de julio de 2025.
DIEGO MANUEL PAZ SARAVIA Juez - FERNANDO WETZEL SECRETARIO
e. 02/07/2025 N° 45818/25 v. 08/07/2025