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N° 20434/2023 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 56

Edictos Judiciales lunes, 7 de julio de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 56

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 28, a cargo del Dr. Diego Manuel Paz Saravia,

Secretaría Nº 56, que desempeña el Dr. Fernando Wetzel, sito en calle Montevideo 546, piso 3°, CABA, comunica

que con fecha 18/6/2025 se decretó la quiebra de DOMENICA S.R.L. (CUIT 30-71128944-1), en el proceso

caratulado: “DOMENICA S.R.L. s/QUIEBRA” (EXPTE. N° 20434/2023). La síndico designada en la causa es la

Contadora Patricia Liliana Dios, con domicilio constituido en la calle Felipe Vallese (ex Canalejas) 3061, CABA,

domicilio electrónico: 27149272785, tel. 1562061930, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos

justificativos de sus créditos hasta el 1/9/2025. El procedimiento de verificación tempestiva se llevará a cabo del

siguiente modo: Los pedidos de verificación deberán ser enviados a las casillas de correo electrónico informadas

por la síndico (diospatricia@yahoo.com y albertoquinteros@estudioquinteros.com.ar). Los correos electrónicos

deberán enviarse conforme las pautas fijadas en el auto de apertura que puede ser consultado en el sitio web del

PJN.gov.ar. Deberá denunciarse junto con la información que exige la LCQ 32, la dirección de correo electrónico y

un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda comunicarse en su caso a los fines previstos por la LCQ 33.

Las insinuaciones deberán ser ingresadas por la sindicatura una vez vencido el plazo para formular impugnaciones

u observaciones en el incidente nro. 1, formado a tal efecto. El plazo para formular impugnaciones y observaciones

vence el día 15/9/2025, debiendo los acreedores presentar las mismas o informar acerca de su inexistencia (art.

34 LCQ). Los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ, deberán presentarse los días 13/10/2025 y 26/11/2025,

respectivamente. Intímase a la fallida, sus administradores, y a los que tengan bienes y documentos del mismo, a

ponerlos a disposición del síndico, dentro de los cinco días. Prohíbese hacer entrega de bienes y/o pagos al fallido

so pena de considerarlos ineficaces. Intímase a la fallida y a sus administradores a constituir domicilio procesal

dentro del radio del Juzgado dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de notificarle las sucesivas resoluciones en

los estrados del Juzgado. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial. En Buenos Aires, 1 de julio de 2025.

DIEGO MANUEL PAZ SARAVIA Juez - FERNANDO WETZEL SECRETARIO

e. 02/07/2025 N° 45818/25 v. 08/07/2025