N° 47109/25 Aviso del Boletín Oficial
TOBU SERVICIOS S.A.
Texto del aviso
TOBU SERVICIOS S.A.
Cuit: 30-71899068-4. Por Asamblea del 17/6/25 Se ha resuelto reformar el artículo 3° así: producción audiovisual,
post- producción audiovisual, diseño gráfico, animación computada, modelado 3D, animación 3D, composición
digital, efectos visuales, instalaciones audiovisuales, animación cuadro a cuadro, gráfica animada, desarrollo de
sitios web, publicidad, realidad virtual, pudiendo ofrecer o comercializar sus servicios y productos tanto en el
exterior como en el interior del país, importar o exportar maquinaria relacionada con el objeto de la sociedad, vender,
comprar, ceder o negociar marcas, patentes, licencias y diseños, proveer servicios integrados de consultoría sobre
software avanzados de gestión, comunicaciones, desarrollos Web, e-Commerce y todo lo relacionado con las
utilidades que las nuevas tecnologías pueden ofrecer a las empresas y que los nuevos mercados demandan (Big
Data, Cloud Computing, Blockchain, IoT Internet de las Cosas, Diseño Digital, IA Inteligencia Artificial, Inteligencia
de los Negocios / Business Inteligence, E-commerce Solution, Charbots, UX Customer Experience, Desarrollo
de App, Machine learning; consultoría estratégica, tecnológica, organizativa, formativa y de procesos; elaborar
programas de capacitación, y brindar formación, instrucción y enseñanza en tecnologías de la información e
internet; participar en subastas, licitaciones, concursos y/o adjudicaciones, sean éstas públicas o privadas,
promovidas por las autoridades administrativas, nacionales o extranjeras, provinciales y municipales; instituciones
autárquicas o autónomas, públicas, privadas o mixtas; personas particulares y cualquier otra dependencia,
repartición, oficina, delegación y representación, pública o privada, existente o a crearse a fin de desarrollar el
objeto social descripto precedentemente. Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no sean prohibidos por las leyes o por
éste estatuto. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con títulos habilitantes.-
Autorizado por Esc. Nº 278 del 23/06/2025 Reg. Nº 349
Gisela samanta Batallan Morales - T°: 109 F°: 876 C.P.A.C.F.
e. 07/07/2025 N° 47109/25 v. 07/07/2025