N° 862/2019 Aviso del Boletín Oficial
FINTECH ADVISORY S.A.S.
Texto del aviso
FINTECH ADVISORY S.A.S.
CUIT: 30719004675. Por reunión de socios del 7/7/2025 se resolvió reformar el artículo tercero del estatuto social
quedando redactado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo
la actividad de AGENTE ASESOR GLOBAL DE INVERSIÓN (en adelante “AAGI”), pudiendo proporcionar de manera
habitual y profesional servicios de: a) asesoramiento respecto de inversiones en el mercado de capitales; b) gestión
de órdenes de operaciones y/o c) administración de carteras de inversión, contando para ello con mandato expreso;
a nombre y en interés de sus clientes. d) referenciamiento de clientes a otros sujetos inscriptos ante esta Comisión
Nacional de Valores en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). Se entenderá por tal la
actividad de contactar al cliente con el Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) con el que previamente
se haya suscripto el correspondiente convenio, no resultando el AAGI responsable de las potenciales inversiones
y/o decisiones de inversión que se adopten en el ámbito de actuación de los referidos PSAV. En el marco del
acuerdo de referenciamiento antes referido, el AAGI podrá recibir clientes por parte de los PSAV, no pudiendo
derivar operaciones ni delegar dichas funciones, de manera parcial o integral, en ningún otro sujeto, incluido el
Agente referenciador. El AAGI realizará las operaciones por medio de un AN, ALYC, Sociedades Gerentes y/o
por medio de intermediarios y/o entidades radicadas en el exterior siempre que se encuentren reguladas por
Comisiones de Valores u otros organismos de control de países que no se encuentren incluidos en el listado de
jurisdicciones no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal, en los términos del artículo 24 del Anexo del
Decreto N° 862/2019, que no sean considerados de alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional
(GAFI) en la jurisdicción de origen y se hallen sujetos a autorización y/o fiscalización prudencial por parte de
los referidos organismos de control específicos, y estos posean Convenios de Cooperación o Memorandos de
Entendimiento vigentes suscriptos con la Comisión Nacional de Valores” Autorizado según instrumento privado
Acta Reunión de Socios de fecha 07/07/2025
Fernando Martin Vila - T°: 69 F°: 322 C.P.A.C.F.
e. 08/07/2025 N° 47674/25 v. 08/07/2025