N° 51927/25 Aviso del Boletín Oficial
FINANCIAMIENTO HIPOTECARIO S.A.
Texto del aviso
FINANCIAMIENTO HIPOTECARIO S.A.
CUIT 30-71497311-4 - Por Asamblea General Extraordinaria del 16 de Julio de 2025 y atento una vista de la
Inspección General de Justicia se resolvió modificar el objeto social y Artículo Cuarto del Estatuto Social, el que
quedó redactado en los siguientes términos: “4) La sociedad tiene por objeto, entre otras, realizar, en el país
y en el extranjero, actividad: CONSTRUCTORA: abarcando proyectos residenciales, comerciales e industriales,
incluyendo planificación, diseño, ejecución, supervisión y comercialización de obras y edificaciones, garantizando
óptima calidad, innovación y sostenibilidad integral. Toda la actividad que en virtud de la materia haya sido reservada
a profesionales con título habilitante será realizada por medio de éstos. TECNOLOGICAS: Implementación de
herramientas de tecnología aplicadas a los negocios,) Integración de base de datos, software de aplicaciones en
Marketing, creación de campañas de marcas, productos e imagen. Incluyendo la producción de materiales de
soporte como Video, Audio, Internet, entre otros, Venta de licencias de uso de software, Desarrollo y entrenamiento
técnico, comercial y de procesos, presencial o vía Web. SERVICIOS: la admisión, clasificación, transporte,
distribución y entrega de correspondencia, cartas, postales impresos, encomiendas de hasta 50 kilogramos,
incluye la actividad desarrollada por los llamados courriers y toda otra actividad asimilada o asimilable. Servicios
postales que comprenden la prestación del servicio de correo nacional e internacional, el servicio de mensajería
expresa y los servicios postales de pago. Operar y administrar transferencias a través del uso de dispositivos de
comunicación móviles y/o cualquier otro soporte electrónico y/o digital, asi como también el servicio electrónico
de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, aceptando y ejecutando para ello mandatos para realizar
y recibir cobranzas y/o pagos por cuenta y orden. La agrupación de pagos a través de plataformas de gestión
electrónica y/o digital. La recaudación proveniente del pago de servicios, ya sea por cuenta propia y/o de terceros,
sea que los mismos fueren prestados por empresas públicas y/o privadas, permitiendo realizar servicios de
pagos y/o cobranzas (incluso electrónicos y/o digitales) por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios
públicos, impuestos y otros servicios o bienes. COMERCIAL: Compra, venta, representación, comisión, mandato,
importación o exportación, locación, consignación y distribución de equipos y/o sus partes y accesorios, incluido
los relacionados con la prestación de los servicios enumerados. Venta por catálogo. E-Commerce. Cobros y
pagos por cuenta de terceros. Giros postales. Prestación de servicios de telecomunicaciones, por aire, por tierra,
televisiva. de informática, mixtos, correo híbrido de almacenamiento y archivo, logísticos, de administración de
datos y/o de archivos de stocks, de promoción de ventas y subastas de bienes, de cobranza y pagos por cuenta
propia y/o de terceros, de giros postales y/o telemáticos y servicios monetarios, de venta y comercialización de
productos de marketing directo. Para la prestación de los servicios podrá emplear medios de transporte propios,
de terceros, terrestres, marítimos, aéreos o electrónicos, e instalar locales, oficinas o depósitos en cualquier parte
del país o del exterior. c) FINANCIERA. Inversión y aporte de capitales en sociedades, agrupaciones o uniones
transitorias de empresas constituidas o a constituirse, avalar créditos, en el país o en el exterior, operaciones
inmobiliarias financieras y de inversión con exclusión de las previstas en la ley de entidades financieras”. Autorizado
según instrumento privado- ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DEL 16/07/2025 Y ACTA DE DIRECTORIO
DEL 16/07/2025.
Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Y ACTA DE DIRECTORIO de
fecha 16/07/2025
Paola Gabriela Matarrelli - T°: 52 F°: 844 C.P.A.C.F.
e. 22/07/2025 N° 51927/25 v. 22/07/2025