N° 52236/25 Aviso del Boletín Oficial
BT SECURITIES ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
BT SECURITIES ARGENTINA S.A.
CUIT 30-70815319-9. Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 11/07/2025 se resolvió modificar
el objeto social de la Sociedad y, en consecuencia, modificar el artículo cuarto del Estatuto Social el cual quedó
redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tiene por objeto las siguientes actividades:
(i) actuar como Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831 de Mercado de Capitales
y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013), por lo que podrá, tanto para cartera propia como para
terceros clientes, brindar asesoramiento respecto de inversiones en el mercado de capitales; actuar en la colocación
primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados
autorizados por la Comisión Nacional de Valores, ingresando, en forma directa, ofertas en la colocación primaria
y/o registrando, en forma directa, operaciones en la negociación secundaria; cursar órdenes en forma directa para
realizar operaciones de compra y/o venta en el exterior de instrumentos financieros que cuenten con autorización
por parte de Comisiones de Valores u otros organismos de control de países que no se encuentren incluidos en
el listado de jurisdicciones no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal y que no sean considerados de
alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI); referenciar Fondos Comunes de Inversión a
sus clientes y referenciar clientes a otros sujetos inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores en el Registro
de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV); prestar servicios como gestores entre ALyC Integral y
sus propios clientes respecto a las funciones comprendidas en el convenio para la liquidación y compensación
que los vincule, ello en la medida que siempre actúen por cuenta y orden del ALyC Integral, y únicamente se
trate de cheques emitidos por el ALyC Integral a favor de sus clientes o viceversa; operar mediante instrucciones
específicas impartidas por cada operación y ejercer administración discrecional –total o parcial– de carteras de
inversión a nombre y en interés de sus clientes, contando para ello con mandato expreso, cumpliendo con las
normas dispuestas a esos efectos por la Comisión Nacional de Valores y; (ii) toda otra actividad complementaria
que sea compatible con la licencia de Agente de Negociación conforme a las normas legales aplicables. A tal fin,
la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todos los
actos que no sean prohibidos por las leyes o reglamentos o las normas de la Comisión Nacional de Valores o este
Estatuto.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 11/07/2025
JULIETA MAGALI GRAZIANO - T°: 146 F°: 433 C.P.A.C.F.
e. 23/07/2025 N° 52236/25 v. 23/07/2025