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N° 52236/25 Aviso del Boletín Oficial

BT SECURITIES ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 23 de julio de 2025

Texto del aviso

BT SECURITIES ARGENTINA S.A.

CUIT 30-70815319-9. Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 11/07/2025 se resolvió modificar

el objeto social de la Sociedad y, en consecuencia, modificar el artículo cuarto del Estatuto Social el cual quedó

redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tiene por objeto las siguientes actividades:

(i) actuar como Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831 de Mercado de Capitales

y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013), por lo que podrá, tanto para cartera propia como para

terceros clientes, brindar asesoramiento respecto de inversiones en el mercado de capitales; actuar en la colocación

primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados

autorizados por la Comisión Nacional de Valores, ingresando, en forma directa, ofertas en la colocación primaria

y/o registrando, en forma directa, operaciones en la negociación secundaria; cursar órdenes en forma directa para

realizar operaciones de compra y/o venta en el exterior de instrumentos financieros que cuenten con autorización

por parte de Comisiones de Valores u otros organismos de control de países que no se encuentren incluidos en

el listado de jurisdicciones no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal y que no sean considerados de

alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI); referenciar Fondos Comunes de Inversión a

sus clientes y referenciar clientes a otros sujetos inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores en el Registro

de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV); prestar servicios como gestores entre ALyC Integral y

sus propios clientes respecto a las funciones comprendidas en el convenio para la liquidación y compensación

que los vincule, ello en la medida que siempre actúen por cuenta y orden del ALyC Integral, y únicamente se

trate de cheques emitidos por el ALyC Integral a favor de sus clientes o viceversa; operar mediante instrucciones

específicas impartidas por cada operación y ejercer administración discrecional –total o parcial– de carteras de

inversión a nombre y en interés de sus clientes, contando para ello con mandato expreso, cumpliendo con las

normas dispuestas a esos efectos por la Comisión Nacional de Valores y; (ii) toda otra actividad complementaria

que sea compatible con la licencia de Agente de Negociación conforme a las normas legales aplicables. A tal fin,

la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todos los

actos que no sean prohibidos por las leyes o reglamentos o las normas de la Comisión Nacional de Valores o este

Estatuto.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 11/07/2025

JULIETA MAGALI GRAZIANO - T°: 146 F°: 433 C.P.A.C.F.

e. 23/07/2025 N° 52236/25 v. 23/07/2025