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N° 52221/25 Aviso del Boletín Oficial

MAXIROQ S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 23 de julio de 2025

Texto del aviso

MAXIROQ S.A.

CUIT 33-70949528-9. Por Asamblea General Extraordinaria del 19/05/2025 se resolvió 1°) MODIFICAR el objeto

social; y 2°) REFORMAR el artículo 4° del estatuto social, el cual quedó así redactado: la sociedad tiene por objeto,

dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, de existencia real o jurídica; en el territorio de la

República Argentina o en el extranjero, a las siguientes actividades: a) TEXTILES: la fabricación, compra,

comercialización en cualquiera de sus fases, importación, exportación y venta al mayor y al detalle de toda clase

de materias primas, textiles, hilados, telas, tejidos y productos acabados de vestir y del hogar así como de

cualesquiera otros productos complementarios de los anteriores, incluidos los de cosmética y marroquinería y/o

todos aquellos instrumentos y/o artículos necesarios a los efectos de ser utilizados en la industria textil. Las ventas

podrán ser por mayor o por menor y podrá desarrollar cualquier otra actividad que se relacione directa o

indirectamente con el rubro mencionado. b) COMERCIALES: Podrá comprar y vender productos de bazar,

juguetería, cotillón, artículos electrónicos, artículos de ferretería, neumáticos, cámaras, ruedas y llantas, artículos

de corralón tales como materiales, herramientas, maquinarias, sanitarios, aberturas, pinturas, elementos para

construcción, materias primas, productos terminados y/o todos aquellos instrumentos y/o artículos necesarios a

los efectos de ser utilizados en construcciones tanto urbanas como rurales, construir, arrendar y/o explotar las

ventas que podrán ser por mayor o menor y podrá desarrollar cualquier otra actividad que se relacione directa o

indirectamente con los rubros mencionados. Prestación de servicios de mantenimiento y postventa en general de

los productos comercializados. Operaciones de comercio exterior de los productos y/o servicios detallados

precedentemente. Podrá licitar, presentarse en concursos de precios del orden municipal, provincial, nacional e

internacional, contratar leasing como dadores y/o tomadores. También podrá realizar toda clase de operaciones

de comercio exterior en cuanto exportaciones y/o importaciones, compra, venta, reventa, permuta, cesión,

comisión, registro, arrendamiento, leasing, renting, exportación e importación, representación, concesión,

distribución, consignación, suministro, promoción, publicidad y explotación y distribución de bienes y servicios

vinculados a las actividades mencionadas anteriormente; comercialización de las producciones de la sociedad en

todas sus etapas, tanto en el país como en el exterior. c) AGROPECUARIAS: Podrá llevar a cabo la explotación y/o

administración de establecimientos dedicados a la agricultura, ganadería, forestación, recuperación de tierras

áridas y anegadas, fruticultura, criaderos de aves de cualquier tipo permitido por las normativas vigentes en el

momento que se desarrolle la tarea, criaderos de cerdos, cría y engorde de ganado bovino, porcino, equino y ovino

y/o caprino. Explotación de otros establecimientos agrarios sea en forma directa o indirecta en campos propios

y/o ajenos. A tal efecto la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejercer

actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. Podrá realizar explotaciones forestales y/o administrar

bosques, forestación de tierras, instalación y explotación de aserraderos, viveros e industrialización en general de

la madera, plantar árboles, arbustos y plantas en general para su venta, y de los productos derivados de cultivos

permanentes y estacionarios incluyéndose entre ellos a la vitivinicultura, fruticultura, olivicultura, horticultura,

selvicultura, ganadería, avicultura, floricultura y las industriales de comercialización de que ellas se deriven, tales

como aserraderos, viveros, bodegas, destilerías de alcohol, fabricación de aceites, hortalizas, frutas ya sea

elaborando, fraccionando, distribuyendo o vendiendo a mayoristas o minoristas pudiendo actuar en negocios

derivados, subsidiarios o complementarios de los anteriores. d) FINANCIERAS: Podrá efectuar concesión de

créditos amortizables, tarjeta de crédito y/o compra, destinados a la adquisición de bienes y al pago de obras o

servicios mediante libreta, ordenes, carnets, cupones, tickets y otros instrumentos de compra utilizables entre sus

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.712 - Segunda Sección 12 Miércoles 23 de julio de 2025

adherentes. La constitución y transferencias de hipotecas, prendas y demás derechos reales con especial

capacidad para actuar como acreedora prendaria. Podrá accesoriamente, se relacione o no con su objeto, realizar

operaciones mediante aporte de capital o inversiones a sociedades por acciones constituidas o a constituirse,

para negocios realizados o a realizarse, dar o tomar dinero en préstamo con o sin garantías, otorgar fianzas o

avales, constitución o transferencias de hipotecas, compra, venta y administración de créditos, títulos, debentures

y valores mobiliarios con excepción de la operaciones prohibidas por el Banco central de la República Argentina

o leyes específicas que requieran control público, compra y/o descuentos de cheques, otorgamiento de préstamos

en efectivo, diligenciamiento de cobro de valores por los que pueda percibir comisiones y toda otra operación

financiera que no se oponga a las leyes vigentes. f) INMOBILIARIAS: Mediante la inversión en la adquisición para

su compra, venta, colonización, urbanización y/o permuta de bienes inmuebles urbanos, suburbanos, o rurales,

para su posterior explotación o venta, con o sin mejoras; las mejoras; la afectación al régimen de prehorizontalidad

y la reglamentación de propiedad horizontal, y la venta de tierras en lotes o parcelas conforme a sus reglamentaciones

respectivas, así como también mediante la intermediación y el corretaje en operaciones inmobiliarias celebradas

por terceros todo ello con fines lucrativos. g) CONSTRUCCION: Contratación, proyecto, calculo, dirección,

administración, financiación, contralor, ejecución, instalación, construcción, montaje y desmontaje y explotación

de obras de ingeniería y arquitectura; civiles, comerciales, industriales, mecánicas, eléctricas, electromecánicas,

hidráulicas, camineras, de urbanización, sanitarias, gasoductos, estaciones de bombeo e instalaciones urbanas y

redes de distribución de gas, oleoductos y poliductos y las obras relacionadas con la industria de la construcción,

sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. h) INDUSTRIAL: Fabricación, transformación, industrialización,

fraccionamiento, montaje, ensamble, envasamiento y manipulación de materiales relacionados con las actividades

mencionadas. i) MINERO: Exploración, perforación, explotación de yacimientos, minas y canteras, elaboración,

procesamiento, industrialización y comercialización de minerales, materias bituminosas, gaseosas y de sustancias

combustibles. j) MANDATARIA: Ejercer mandatos, comisiones, consignaciones, licencias, diseños industriales,

comprarlos, venderlos y percibir cualquier remuneración por dicha intervención, en el país o en el extranjero. k)

IMPORTACION Y EXPORTACION: De los objetos que se puedan comercializar ya sea para fines propios, o por

encargo de terceros, en especial alimentos y suplementos dietarios, como así también neumáticos, cámaras,

ruedas y llantas. A los fines del cumplimiento de actividades de carácter técnico, o de servicios, la sociedad

deberá contar con el asesoramiento de profesionales matriculados en las especialidades que correspondan.

Finalmente, la sociedad también podrá efectuar obras de caridad y beneficencia siempre que no afecten

significativamente la explotación y el capital empresario. l) MARROQUINERIA: Explotación de los negocios de

diseño, fabricación y venta de calzados y marroquinería en sus distintas versiones y modelos, de cuero en sus

distintas variedades, símil cuero, y demás artículos conexos; la reparación de calzados de todo tipo; la

comercialización por compra, venta o trueque de calzados de toda clase, sean de cuero, plástico, lona o goma; la

comercialización por compra, venta o trueque de productos relacionados con la industria del calzado. Esc. Nº774

del 11/07/2025, Fº1841 Reg. 1744. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 774 de fecha 11/07/2025 Reg.

Nº 1744

Mirta Cardozo - Matrícula: 5361 C.E.C.B.A.

e. 23/07/2025 N° 52221/25 v. 23/07/2025