N° 51656/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50
El JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL N* 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco
Robledo, Secretaría n* 50 a cargo del Dr. Federico H. Campolongo, hace saber que con fecha 15/07/25 ha
sido decretada la quiebra de AMTJ CONSTRUCCIONES S.R.L. (CUIT 30-71176191-4), en los autos “AMTJ
CONSTRUCCIONES S.R.L. s/QUIEBRA”, expediente nro. 17793/2019, Los acreedores deberán presentar las
peticiones de verificación y los títulos pertinentes ante el síndico CONTADOR ALBERTO JAVIER PARMA, con
domicilio constituido en LLERENA 2950 C.A.B.A., teléfono 011 -5763-0260, hasta el día 19/09/25. Los acreedores
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.714 - Segunda Sección 92 Viernes 25 de julio de 2025
podrán enviar sus pedidos de verificación al correo electrónico de la sindicatura (crparma@gmail.com) adjuntando
en formato PDF copia de la documentación fundante del pedido. Las observaciones a los pedidos verificatorios se
deberán remitir a la misma dirección de correo electrónico del síndico. En caso de que alguno de los insinuantes
deba cumplir con el pago del arancel verificatorio del art. 32 LCQ, el mismo podrá efectuarse mediante transferencia
electrónica a la cuenta bancaria de la sindicatura, CBU 0070322030004002052480 abierta en el Banco Galicia. El
citado funcionario presentará el informe previsto por el art. 35 lcq el día 31/10/25, y el prescripto por el art. 39 lcq
el día 16/12/25. Asimismo se intima a la fallida y a su órgano de adminsitración, para que dentro de las 24 hs. se
haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente
a su negocio o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24522. y constituya
domicilio bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímase a terceros que
tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en el plazo de
cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publiquese por 5 días
sin previo pago en el BOLETIN OFICIAL DE LA NACIÓN. Buenos Aires, 18 de julio de 2025.- FDO.: FEDERICO H.
CAMPOLONGO, SECRETARIO. HORACIO F. ROBLEDO Juez - FEDERICO H. CAMPOLONGO SECRETARIO
e. 22/07/2025 N° 51656/25 v. 28/07/2025