W20 Argentina W20Argentina

N° 53216/25 Aviso del Boletín Oficial

AVES ARGENTINAS - ASOCIACION ORNITOLOGICA DEL PLATA

Convocatorias y Avisos Comerciales CONVOCATORIAS lunes, 28 de julio de 2025

Texto del aviso

AVES ARGENTINAS - ASOCIACION ORNITOLOGICA DEL PLATA

CUIT 30-64725284-9, Conforme el artículo 14.a del Estatuto social, convócase a Asamblea General Extraordinaria

de Asociados, en la sede social de AVES ARGENTINAS - ASOCIACIÓN ORNITOLÓGICA DEL PLATA, calle Matheu

1246/48 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el día 12 de Agosto de 2025, a las 17.30 horas, en 1ª.

convocatoria y a las 18.30 horas en 2ª. convocatoria, con el siguiente Orden del Día: 1) Constitución legal de la

Asamblea.Lectura del acta anterior. 2) Consideración de la Reforma del Estatuto Social en sus artículos 1º, 2º, 3º,

5º, 6º, 7º, 8º, 10º, 12º, 13º, 15º, 16º, 17º, 18º, 21º, 22º, 23º, 24º, 25º, 26º, 27º, 28º, 29º, 30º, 31º, 32º, 34º, 35º y 36º. 3)

Consideración de la inclusión de los artículos 37º y 38º al estatuto social de la entidad 4) Consideración de la

Reforma del artículo 1º. Incorporación del término “Autónoma”5) Reforma del artículo 2º. Modificación del Objeto

Social. 6) Consideración de la Reforma del artículo 3º. Supresión de la redacción anterior del Código. 7)

Consideración de la reforma del articulo 5º.Ampliación de la categoría de socios. 8) Consideración de la reforma

del artículo 6º. Modificación en la categoría de socios. 9) Consideración de la reforma del artículo 7º. Modificación

de la categoría de socio activo. 10) Consideración de la reforma del artículo 8º. Modificación de la categoría del

socio protector y benefactor. 11) Consideración de la reforma del artículo 10º. Modificación de la categoría del

socio vitalicio. 12) Consideración de la reforma del artículo 12º. Modificación de obligaciones de los socios. 13)

Consideración de la reforma del artículo 13º. Modificación de asambleas ordinarias y extraordinarias 14)

Consideración de la reforma del artículo 15º. Modificación de convocatoria de asambleas. 15) Consideración de la

reforma del artículo 16º. Modificación del quorum en asambleas. 16) Consideración de la reforma del artículo 17º.

Modificación en la participación en asamblea. 17) Consideración de la reforma del artículo 18º. Modificación en

participación y votación en asambleas. 18) Consideración de la reforma del artículo 21º. Modificación de la elección

de la Comisión Directiva. 19) Consideración de la reforma del artículo 22º. Modificación de la Comisión Revisora

de Cuentas. 20) Consideración de la reforma del artículo 23º. Modificación del plazo de renovación de la Comisión

Directiva. 21) Consideración de la reforma del artículo 24º.Modificación de requisitos para integrar la Comisión

Directiva. 22) Consideración de la reforma del artículo 25º. Modificación de las condiciones en caso de renuncia,

fallecimiento o ausencia de integrantes de la Comisión Directiva. 23) Consideración de la reforma del artículo 26º.

Modificación de las condiciones de convocatoria de la Comisión Directiva. 24) Consideración de la reforma del

artículo 27º. Modificación de las atribuciones de la Comisión Directiva 25) Consideración de la reforma del artículo

28º. Modificación de las obligaciones del Presidente o de su reemplazo estatutario. 26) Consideración de la reforma

del artículo 29º. Modificación de las obligaciones del Secretario o de su reemplazo estatutario. 27) Consideración

de la reforma del artículo 30º. Modificación de las obligaciones del Tesorero o de su reemplazo estatutario. 28)

Consideración de la reforma del artículo 31º. Modificación de las obligaciones de los Vocales Titulares o de su

reemplazo estatutario. 29) Consideración de la reforma del artículo 32º. Modificación de las obligaciones de la

Comisión Revisora de Cuentas. 30) Consideración de la reforma del artículo 34º. Modificación de las designaciones

de la Comisión Directiva. 31) Consideración de la reforma del artículo 35º. Incorporación del término “CONICET”.32)

Consideración de la reforma del artículo 36º. Modificación de las obligaciones del Tribunal de Disciplina. 33)

Consideración de la inclusión del articulo 37º. Cláusula transitoria en beneficio del socio protector. 34) Consideración

de la inclusión del articulo 38º. Cláusula transitoria referida a vencimiento de mandatos. 35) Autorizaciones para la

adquisición y eventuales donaciones de inmuebles I.- En referencia al Parque y Reserva Nacional Ansenuza.

Adquisición y posterior donación de los inmuebles que se detallarán a continuación, con el cargo de que los

mismos permanezcan en categoría de Parque Nacional y se incorporen al dominio público del Estado Nacional,

como así también otorgar en este acto a la Comisión Directiva, la facultad de establecer todo otro cargo o condición

que resulte conveniente al momento de efectivizar la donación en favor de la Administración de Parques

Nacionales.A-Inmueble rural que se identifica bajo la matrícula Registral n° 1229162; Nomenclatura Catastral

N° 3505606738497707, Número de Cuenta: 350501977471, según resulta del plano de mensura con una superficie

aproximada de 1250 hectáreas.B-.Cualquiera de los inmuebles rurales de dominio privado que se encuentren bajo

categoría de Parque Nacional, en virtud del polígono que para dicha categoría estableció la Ley Nacional N° 27.673

de creación del Parque y Reserva Nacional Ansenuza, y los Anexos I y II que la integran, con cargo de rendir

cuentas sobre tales operaciones en la primera Asamblea societaria que se celebre con posterioridad a cada una.

II.- Región Ansenuza. Con idéntico propósito del punto I adquisición y donación con los cargos que oportunamente

se establezcan de los inmuebles rurales y/o urbanos que se encuentren en la Región Ansenuza, con cargo de

rendir cuentas sobre tales operaciones en la primera Asamblea societaria que se celebre con posterioridad a cada

una. III.- Parque Nacional Traslasierra. con motivo de dar cumplimiento al compromiso institucional asumido con

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.715 - Segunda Sección 38 Lunes 28 de julio de 2025

Wyss Foundation, en el marco del Acuerdo de Subvención de fecha 18/11/2024 referido al Parque Nacional

Traslasierra, adquisición y donación del inmueble que se detalla a continuación, con el cargo de que el mismo

permanezca en categoría de Parque Nacional y se incorpore al dominio público del Estado Nacional y otorgar en

este acto a la Comisión Directiva, la facultad de establecer todo otro cargo o condición que resulte conveniente al

momento de efectivizar la donación en favor de la Administración de Parques Nacionales sobre el siguiente

inmueble: -Una fracción de campo, de al menos cuarenta mil hectáreas, que resulten de la mensura y subdivisión

del inmueble rural que en la actualidad se identifica bajo la Matrícula Registral n° 1601925; Nomenclatura Catastral

N° 2001549325262416; Número de Cuenta: 200102449516.IV.Península Andresito. Suscripción de la escritura

traslativa de dominio del inmueble identificado como Lote Seis, sector D, Colonia Andresito, Municipio Comandante

Andrés Guacurarí, Provincia de Misiones, con una superficie de 158 hectáreas 28 áreas 6 centiáreas; nomenclatura

catastral: Dep 07, Mun 75, Sec 03, Chac 000, Manz 000, Parc 307, Partida 001237; inscripto su dominio en el

Registro de la Propiedad Inmueble en la matrícula 960.V.- Río Aguapey. Suscripción de la escritura traslativa de

dominio del inmueble identificado en el Plano de Mensura 601 “Ñ” -designado como lote A-, que consta de una

superficie total de 1295 Ha 72 A 04 Ca, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real Matrícula

2363, Departamento de Alvear, Provincia de Corrientes-. denominado “La Rosita”. 36) Designación de dos socios

presentes para suscribir el Acta de Asamblea junto con el Presidente y Secretario.La convocatoria se aprueba por

unanimidad, con el Orden del Día, lugar y fecha correspondientes, poniéndose asimismo a disposición de los Sres.

Asociados en la sede social la documentación aprobada y la circular de convocatoria. Se manifiesta que atento a

lo dispuesto en el art. 26° del Estatuto, la Asamblea se celebrará válidamente, aún en los casos de reforma de

Estatuto y de disolución social, sea cual fuere el número de asociados concurrentes, una hora después de la fijada

en la convocatoria si antes no se hubiera reunido ya la mayoría absoluta de los asociados con derecho a voto. A

tal efecto los firmantes de esta convocatoria fueron designados en el acta de Asamblea n° 1167 con fecha 11 de

diciembre de 2024.

Juan María Raggio Presidente. Mario Gustavo Costa Secretario.

e. 28/07/2025 N° 53216/25 v. 28/07/2025