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N° 51656/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

Edictos Judiciales lunes, 28 de julio de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

El JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL N* 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco

Robledo, Secretaría n* 50 a cargo del Dr. Federico H. Campolongo, hace saber que con fecha 15/07/25 ha

sido decretada la quiebra de AMTJ CONSTRUCCIONES S.R.L. (CUIT 30-71176191-4), en los autos “AMTJ

CONSTRUCCIONES S.R.L. s/QUIEBRA”, expediente nro. 17793/2019, Los acreedores deberán presentar las

peticiones de verificación y los títulos pertinentes ante el síndico CONTADOR ALBERTO JAVIER PARMA, con

domicilio constituido en LLERENA 2950 C.A.B.A., teléfono 011 -5763-0260, hasta el día 19/09/25. Los acreedores

podrán enviar sus pedidos de verificación al correo electrónico de la sindicatura (crparma@gmail.com) adjuntando

en formato PDF copia de la documentación fundante del pedido. Las observaciones a los pedidos verificatorios se

deberán remitir a la misma dirección de correo electrónico del síndico. En caso de que alguno de los insinuantes

deba cumplir con el pago del arancel verificatorio del art. 32 LCQ, el mismo podrá efectuarse mediante transferencia

electrónica a la cuenta bancaria de la sindicatura, CBU 0070322030004002052480 abierta en el Banco Galicia. El

citado funcionario presentará el informe previsto por el art. 35 lcq el día 31/10/25, y el prescripto por el art. 39 lcq

el día 16/12/25. Asimismo se intima a la fallida y a su órgano de adminsitración, para que dentro de las 24 hs. se

haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente

a su negocio o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24522. y constituya

domicilio bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímase a terceros que

tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en el plazo de

cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publiquese por 5 días

sin previo pago en el BOLETIN OFICIAL DE LA NACIÓN. Buenos Aires, 18 de julio de 2025.- FDO.: FEDERICO H.

CAMPOLONGO, SECRETARIO. HORACIO F. ROBLEDO Juez - FEDERICO H. CAMPOLONGO SECRETARIO

e. 22/07/2025 N° 51656/25 v. 28/07/2025