N° 53631/25 Aviso del Boletín Oficial
CG CONSULTORIA INTEGRAL S.R.L.
Texto del aviso
CG CONSULTORIA INTEGRAL S.R.L.
CUIT 30718118790. Comunica que por acta de fecha 13/12/24, se resolvió por unanimidad reformar el Estatuto
Social en su encabezado y los artículos 1°, 3° 5° y 6° de acuerdo a la normativa vigente Ley 20488 para los
graduados en Ciencias Económicas. El artículo tercero queda redactado así: “ARTICULO TERCERO: OBJETO. La
sociedad tiene por único objeto proveer a sus socios de la estructura material y empresarial necesaria para que los
mismos, por sí o a través de terceros también profesionales, en forma coordinada o individual puedan ejercer las
incumbencias profesionales que autoriza la Ley 20488 para los graduados en Ciencias Económicas (y en caso de
ser una sociedad interdisciplinaria) que les son propias por su título universitario habilitante. Para el cumplimiento
de sus fines, la sociedad actuará según la respectiva incumbencia profesional, bajo la actuación, responsabilidad y
firma de cualquiera de los socios conforme las respectivas normas legales y reglamentarias que rigen a la materia,
en función de la incumbencia del firmante. Los socios integrantes de la sociedad sólo podrán ofrecer los servicios
propios de sus incumbencias profesionales, debiendo para ello poseer sus respectivos títulos habilitantes y en el
caso que una Ley lo dispusiera, la inscripción en el Colegio o Consejo o ente Nacional o Provincial que ejerza la
potestad disciplinaria sobre su actuación profesional. Los graduados en Ciencias Económicas, además, deberán
encontrarse matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. A esos efectos la sociedad tiene plena capacidad jurídica para efectuar todas las operaciones, actividades,
asesoramientos, actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Se deja
constancia que queda excluida de la limitación de responsabilidad propia del tipo de sociedad de la que se trata
(SRL) la asumida por los socios en el ejercicio de su profesión.” Autorizado según instrumento privado reforma de
estatuto de fecha 13/12/2024
Rocio Lucciana Calógero - T°: 139 F°: 101 C.P.A.C.F.
e. 30/07/2025 N° 53631/25 v. 30/07/2025