W20 Argentina W20Argentina

N° 56247/25 Aviso del Boletín Oficial

Y-BAZAR S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 8 de agosto de 2025

Texto del aviso

Y-BAZAR S.R.L.

Constitución: Esc. 228 del 05/08/2025. Registro 1793 C.A.B.A. Socios: Yanqing YAN, 01/12/1992, DNI 95.495.844,

CUIT 20954958443, Falco 464, Garín, Escobar, Bs As y Shijie YAN, 19/12/1986, DNI 94.037.864, CUIT 20940378649,

Naon 4117, Billinghurst, General San Martín, Bs As, ambos chinos, comerciantes, solteros. Duración: 99 años.

Objeto: la compraventa al por mayor y menor, distribución, importación y exportación de todo tipo de artículos,

aparatos y mercaderías para el confort del hogar; artículos y mercaderías para bazar, menaje, cristalería y

porcelanas; juguetería, objetos artísticos, decorativos y eléctricos; accesorios para cocina y baño; implementos

y utensilios para el confort del hogar; plumas estilográficas y bolígrafos, lápices y otros artículos para oficina y

para artística; artículos de novedad, adornos y suvenires, paraguas, sombrillas, parasoles y bastones, abanicos,

preparación de plumas, penachos y flores; escobas y cepillos, pantallas para lámparas, pipas y boquillas, y todo

otro objeto en general que integre la explotación del negocio de bazar.- Toda actividad que así lo requiera será

realizada por profesionales con título habilitante en la materia. Capital: $ 4.000.000 dividido en 4.000 cuotas de

$ 1.000 valor nominal c/u con derecho a 1 voto por cuota. La administración, representación legal y uso de la

firma social estará a cargo de uno o más gerentes socios o no, en forma individual e indistinta, y por el término de

duración de la sociedad, pudiendo ser revocados sus mandatos por reunión de socios. Cierre de ejercicio: 31/12.

Gerente: Yanqing YAN. Sede Social y domicilio especial de Gerente en Av. Boedo 927 CABA. Autorizado según

instrumento público Esc. Nº 228 de fecha 05/08/2025 Reg. Nº 1793

Paola Natali Land - T°: 116 F°: 864 C.P.A.C.F.

e. 08/08/2025 N° 56247/25 v. 08/08/2025