N° 34119/09 Aviso del Boletín Oficial
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO
Texto del aviso
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO FEDERAL - SALA IV
La Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, sita en Talcahuano
550, Of. 2047 Planta Baja, de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber que en la causa nro. 38428/2009 “ANSALDO
DIEGO ALEJANDRO C/ GCBA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, se dictó sentencia el 15/7/25.
Se transcribe la parte resolutiva de la sentencia “En virtud del resultado que instruye el acuerdo que antecede,
el Tribunal RESUELVE: 1) Hacer parcialmente lugar al recurso interpuesto por el actor, y rechazar el del GCBA,
en consecuencia, modificar la sentencia del 26/4/23, condenando al GCBA y a los terceros (Estado Nacional,
Carlos Rubén Díaz, Ana María Fernández, Gustavo Torres, Fabiana Fiszbin, Raúl Alcides Villarreal, Diego Marcelo
Argañaraz, Patricio Santos Fontanet, Juan Carbone, Elio Rodrigo Delgado, Cristian Torrejón, Eduardo Arturo
Vázquez y Daniel Cardell) a abonar al señor Diego Alejandro Ansaldo la suma de $ 916.000, con más los intereses
dispuestos en el considerando 11.
2) Las costas en la Alzada se imponen a las vencidas en autos (cfr. art. 68, primera parte, del CPCCN), salvo las
relativas a la excepción de prescripción que se imponen a la demandada. MARCELO DANIEL DUFFY JORGE
EDUARDO MORÁN ROGELIO W. VINCENTI”.
El auto que ordena la publicación del presente edicto dispone:
“Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Delgado denunciado en autos han arrojado resultado
negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al domicilio informado por la Cámara Nacional
Electoral en el marco de las causas Nº 34119/09, 20655/07, entre otras, también han retornado con resultado
negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por dos (2) días consecutivos en el
Boletín Oficial a fin de notificarle la resolución del 15/7/25 (conf. arts. 145 y 146, CPCCN). II. Advirtiendo que las
cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Juan Carbone denunciado en autos han arrojado resultado negativo en causas
análogas y que las notificaciones cursadas al domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco
de la causa Nº 23970/08, entre otras, también han retornado con resultado negativo, en función del principio de
celeridad procesal, publíquense edictos por dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle la
resolución del 15/7/25 (conf. arts. 145 y 146, CPCCN). III. Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr.
Raúl Villarreal denunciado en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones
cursadas al domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de las causas Nº 41815/07, 19713/07
y 5703/07, entre otras, también han retornado con resultado negativo, en función el principio de celeridad procesal,
publíquense edictos por dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle la resolución del 15/7/25
(conf. arts. 145 y 146, CPCCN) “ María Paula Lopez Alvarez - Prosecretaria de Cámara MARCELO DANIEL DUFFY
JORGE EDUARDO MORÁN ROGELIO W. VINCENTI Juez - MARCELO DANIEL DUFFY JORGE EDUARDO MORÁN
ROGELIO W. VINCENTI Jueces de Cámara
e. 12/08/2025 N° 57095/25 v. 13/08/2025