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N° 59871/25 Aviso del Boletín Oficial

ENRIQUE IRIARTE VILLANUEVA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 21 de agosto de 2025

Texto del aviso

ENRIQUE IRIARTE VILLANUEVA S.A.

CUIT 30-68713603-5.- Comunica que por ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA del 30/4/25. Se resolvió

modificar los artículos 3º y 9º del Estatuto Social, quedando redactados de la siguiente manera: “TERCERO: Plazo:

Su plazo de duración es de 100 años, contados desde la fecha de inscripción en el registro público de comercio.

(6 de noviembre de 1995). Dicho plazo podrá ser prorrogado por resolución de la asamblea extraordinaria.” y

“NOVENO: DIRECCIÓN: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del directorio, integrado por

un mínimo de uno y un máximo de seis miembros titulares, pudiendo la asamblea elegir igual o menor el número

de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación.- Mientras la sociedad prescinda

de la sindicatura, la elección por la asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria.- El término

de su elección es de tres ejercicios.- La asamblea fijara el número de directores así como su remuneración.- El

directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros titulares y resuelve por mayoría

absoluta de los presentes; en caso de empate el Presidente desempatará votando nuevamente.- En su primera

reunión designará un Presidente pudiendo, en su caso de pluralidad de titulares, designar un Vicepresidente que

su qué suplirá al primero en su ausencia o impedimento.- En garantía de sus funciones cada uno de los directores

titulares depositarán en la Caja Social el monto que establezca la normativa vigente, conforme lo dispuesto por la

Inspección General de Justicia o la autoridad de contralor que corresponda, en pesos o su equivalente en títulos

valores oficiales.- El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren

poderes especiales a tenor del artículo 1.881 del Código Civil y del artículo noveno del Decreto Ley número

5.965/63.- Podrá especialmente operar con toda clase de entidades financieras o crediticias oficiales y privadas;

dar y renovar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir;

inicial, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que

haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad.- La representación legal de la sociedad corresponde

al Presidente del Directorio y/o al Vicepresidente en forma indistinta conforme a lo establecido en el artículo 268 de

la Ley 19.550.- “ Autorizado según instrumento público Esc. Nº 174 de fecha 12/08/2025 Reg. Nº 2144

Josefina Vivot - Matrícula: 4311 C.E.C.B.A.

e. 21/08/2025 N° 59871/25 v. 21/08/2025