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N° 59674/25 Aviso del Boletín Oficial

KEY MARKET PARTNERS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 21 de agosto de 2025

Texto del aviso

KEY MARKET PARTNERS S.R.L.

CUIT 30-71899578-3 - Se hace saber que por escritura del 14/8/25, folio 206 Registro 2035, Esc. Silvina Justo, se

transcribió acta del 5/8/25 que decide modificación de objeto y de contrato. Nuevo objeto: “…I) a) Actuar como

agente productor, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26.831, sus normas modificatorias, complementarias

y reglamentarias, y las normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013) por lo que podrá realizar actividades

de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales y de difusión y promoción de valores negociables

autorizados a la oferta pública en la República Argentina, vinculados contractualmente y bajo responsabilidad de

un Agente de Negociación (AN) y/o de un Agente Asesor Global de Inversión (AAGI) y/o de un Agente de Liquidación

y Compensación (ALyC), en los términos indicados en la normativa vigente emitida por la Comisión Nacional

de Valores y/o conforme por aquellas otras normas que en un futuro la reemplacen y/o modifiquen; b) Realizar

toda otra actividad complementaria en el ámbito del Mercado de Capitales que autorice la normativa aplicable,

cumpliendo en cada caso con las exigencias de la normativa y siempre respetando las incompatibilidades que

correspondan al registro en la categoría de agente supervisado por la Comisión Nacional de Valores y prevista por

la normativa aplicable y/o conforme por aquellas otras normas que en un futuro las reemplacen y/o modifiquen. En

todos los casos, las actividades de la sociedad bajo la normativa aplicable (que podrá incluir otras no alcanzadas

por las enunciaciones precedentes pero autorizadas por la Comisión Nacional de Valores) requerirán el registro

ante la Comisión Nacional de Valores, y el cumplimiento de su normativa; c) Actuar bajo cualquier otra de las

categorías establecidas actualmente o que en el futuro establezca la Comisión Nacional de Valores y que fueran

compatibles con y/o reemplacen la figura del agente productor. Para la ejecución de las actividades enumeradas

en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas;

comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de

operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera

el concurso y/o ahorro público. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,

realizar contratos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este

contrato.” Y en consecuencia modifican art. 3 del contrato social. Autorizada en esc. Citada.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 77 de fecha 14/08/2025 Reg. Nº 2035

Silvina Alicia Justo - Matrícula: 4555 C.E.C.B.A.

e. 21/08/2025 N° 59674/25 v. 21/08/2025