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N° 60473/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Edictos Judiciales viernes, 22 de agosto de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 10

El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5, a cargo de la Dra. Biotti, María Alejandra,

Secretaria N° 10, a cargo de la Dra. Mariana Sosa, sito en Tucumán 1381, 4º piso de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en los autos caratulados “SINDICATO DE PRENSA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -SIPREBA-

Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL -PODER EJECUTIVO NACIONAL- Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”,

EXPTE. 34326/2024, informa el inicio del proceso colectivo. El objeto de la pretensión consiste en “la declaración

de invalidez de la ley 27.743 o, en su defecto, la declaración de inconstitucionalidad del Título V “Impuesto a las

Ganancias”, y el consecuente cese de las retenciones que por dicho impuesto se practican sobre los salarios de

los trabajadores y trabajadoras activos y jubilados de la actividad de prensa representados por la entidad sindical

Sindicato de Prensa de la Ciudad de Buenos Aires (SIPREBA). El presente es a los fines de notificar a todas

aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del pleito y permitir su eventual participación,

dentro del plazo de cinco (5) días hábiles judiciales computados a partir de la última publicación de edictos. Frente

a lo planteado, el Juzgado interviniente resolvió: “Buenos Aires, fecha de firma electrónica.- MS ... RESUELVO: 1)

Declarar la competencia colectiva planteada en razón de la materia. 2) Declarar formalmente admisible la acción

colectiva intentada para la defensa de los derechos de incidencia colectiva como lo son el derecho al salario y

a una retribución justa consagrados en el art. 14 bis. CN y la garantía de igualdad establecida en el art. 16 CN.

3) Establecer que el objeto procesal consiste en la solicitud de declaración de inconstitucionalidad del Título V,

Impuesto a las Ganancias, de la ley 27.743, como del Decreto 593/24 y de su promulgación y su inaplicabilidad a

los trabajadores y jubilados representados por la entidad sindical actora. 4) Identificar la composición del colectivo

involucrado en autos como aquél conformado por universo de trabajadores activos y jubilados de la actividad de

prensa que presten tareas comprendidas en el Estatuto del Periodista Profesional y en el Estatuto de Empleados

Administrativos de Empresas Periodísticas con zona de actuación en todo el territorio de la CABA. 5) Reconocer

idoneidad al Sindicato de Prensa de la Ciudad de Buenos Aires (SIPREBA), en tanto cuenta con la respectiva

personería gremial, y conforme surge del conforme el art. 31 de la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551 y el

art. 1° y 2° de su estatuto. 6) Establecer como procedimiento para garantizar la adecuada notificación de todas

aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del pleito y permitir su eventual participación, la

publicación de edictos por el término de un (1) día en el Boletín Oficial y en los diarios Clarín y La Nación – cuya

confección y gastos de publicación se imponen a la actora-, comunicando la existencia del proceso y la facultad

de comparecer al mismo, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles judiciales computados a partir de la última

publicación de edictos, a toda persona que pudiera considerarse afectada y que estén legitimadas para la defensa

de los derechos involucrados. 7) Establecer que vencido el plazo fijado para que comparezcan los interesados y

admitida su participación como terceros adherentes quedara integrado el frente activo correspondiente a estas

actuaciones. 8) Comunicar la presente al Registro Público de Procesos Colectivos una vez que se encuentre firme,

conforme lo dispone el punto 4 del Reglamento correspondiente. 9) Regístrese, notifíquese por secretaria a las

partes y al Sr. Fiscal en su público despacho, sirviendo la presente de atenta nota de envío. Asimismo, se informa a

toda persona interesada que podrá acceder al expediente citado vía internet. Para ello, deberá ingresar al Sistema

de Consultas Web del Poder Judicial de la Nación (https://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam).” La publicación se

hará de acuerdo a lo previsto por los arts. 145 y cc del CPCCN y por el término de 1 día en el Boletín Oficial y en

los Diarios Clarín y La Nación. Dado, y firmado digitalmente, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme

surge de la constancia de firma digital que forma parte integrante del presente. DRA. MARIA ALEJANDRA BIOTTI

Juez - DRA. MARIANA SOSA SECRETARIA FEDERAL

e. 22/08/2025 N° 60473/25 v. 22/08/2025