N° 62117/25 Aviso del Boletín Oficial
NUS CONSULTORA S.A.
Texto del aviso
NUS CONSULTORA S.A.
Constitución: Esc. 369 del 16/7/25 Registro 200 CABA. Socios: Guillermo Natale, nacido el 25/9/89, soltero,
DNI 34.843.554, CUIL 20-34843554-0; y Angela Natale, nacida el 31/3/50, divorciada, DNI 14.611.072, CUIL 27-
14611072-5; ambos argentinos, comerciantes, domiciliados en Olazabal 1106 CABA. Duración: 99 años. Objeto:
desarrollar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes
actividades: Consultoría: Prestación de servicios y asesoramiento integral y consultoría empresaria en materia
jurídica, comercial, financiera, técnica, y contable a personas físicas y jurídicas, privadas y públicas, organismos
municipales, provinciales, nacionales o extranjeras, para la organización y administración de empresas.
Asesoramiento legal, administración de contratos, estudio e instrumentación de sistemas internos de control
de gestión y/o control de calidad, estudio e implementación de sistemas informáticos, relevamiento de datos,
análisis e interpretación de datos, realización de estudios de mercado, estudio y asesoría en la implementación de
sistemas operativos generales; Diagnóstico Organizacional: coaching empresarial, auditoria administrativa, planes
de negocios, análisis de costos, gestión de financiamiento, gestión de seguros, asesoramiento en planificación
administrativa y financiera, gestión para obtener beneficios para pymes, asesoramiento y acompañamiento a
futuros empresarios y emprendedores; implementación de normas de calidad internacionales, asesoramiento en
eficiencia energética; Estudio de mercado y encuestas de opinión: diagnóstico, método de gestión y aplicaciones
para el incremento de la productividad, implementación de sistema de gestión, otros estudios y su aplicación
micro y macroeconómica. Marcas: Podrá dar y recibir en consignación, licencia, o cualquier carácter, marcas
comerciales de productos relacionados con su objeto social. Fideicomisos: Está facultada también para participar
en o constituir, fondos fiduciarios, intervenir como fiduciante, fiduciario, beneficiario, administrador, inversor y/o en
cualquier otro carácter, para la realización de actividades comerciales relacionadas con su objeto social; quedando
exceptuadas aquellas actividades detalladas en la ley de entidades financieras. Inmobiliarias: Adquisición, locación,
intermediación, loteo, fraccionamiento, venta, permuta, explotación, arrendamiento, incluso con derechos reales
de garantía, administración de inmuebles urbanos, suburbanos, rurales. Las actividades que en virtud de la materia
lo requieran, serán ejercidas por profesionales con título habilitante. Asimismo, están sometidas a las leyes en
vigencia que regulan las mismas. La sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo realizar todo tipo de actos,
contratos u operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin más limitaciones que
las establecidas por la ley, disposiciones reglamentarias y este estatuto, realizando cualquier acto o contrato con
personas de existencia visible o jurídica. Capital: $ 30.000.000 dividido en 30.000 acciones ordinarias nominativas
no endosables de valor nominal $ 1.000 por acción y con derecho a 1 voto cada una. Integración: 25% en dinero
efectivo. Plazo para integrar el saldo: 2 años. Suscripción: Guillermo Natale suscribe 29.700 acciones e integra
$ 7.425.000 y Angela Natale suscribe 300 acciones integra $ 75.000. Administración: Directorio 1 a 3 titulares
por 3 ejercicios. Representación legal: Presidente del Directorio y, en caso de ausencia o impedimento que no
será necesario acreditar frente a terceros, al Vicepresidente. Fiscalización: Se prescinde. Cierre de ejercicio: 28
de febrero: Presidente: Guillermo Natale. Directora Suplente: Angela Natale. Sede social y domicilio especial de
los directores: Olazabal 1106 CABA.Autorizado según instrumento público Esc. Nº 369 de fecha 16/07/2025 Reg.
Nº 200
facundo javier amundarain - Matrícula: 5510 C.E.C.B.A.
e. 28/08/2025 N° 62117/25 v. 28/08/2025