N° 64580/25 Aviso del Boletín Oficial
CAIGUA S.A.R. Y C.
Texto del aviso
CAIGUA S.A.R. Y C.
(CUIT 30-52069969-0; IGJ N° 172384) comunica que por Asamblea Extraordinaria Unánime de Accionistas de fecha
23/09/2019 se resolvió por unanimidad modificar el estatuto de la sociedad conforme se detalla a continuación. Se
elimina la referencia a la sede original del Artículo Primero que queda redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO
PRIMERO: La Sociedad se denomina “CAIGUA SOCIEDAD ANONIMA RURAL Y COMERCIAL”. Tiene su domicilio
legal en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La sede social será fijada por el directorio y podrá ser
cambiada sin necesidad de modificar el estatuto”. Se reforman los Artículos Cuarto y Quinto y se elimina el Artículo
Sexto debido a que se aumenta el capital social en la suma de $ 499.999,99. El capital social aumenta de $ 0,01 a
$ 500.000,00, mediante capitalización parcial de la cuenta ajuste de capital con reforma de estatuto. Se reemplazan
las acciones cartulares por acciones escriturales. Los Artículos Cuarto y Quinto quedan redactados de la siguiente
manera: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de $ 500.000 representado por 5.000 acciones de cien pesos
valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo
de su monto conforme el artículo 188 de la Ley General de Sociedades” y “ARTÍCULO QUINTO: Las acciones son
escriturales, ordinarias o preferidas, con derecho a entre 1 y 5 votos por acción. Las acciones preferidas gozan de
dividendo preferente, acumulativo o no, y/o participación adicional en las ganancias, conforme sus condiciones
de emisión”. Se elimina el artículo Sexto del estatuto que contiene los requisitos de los títulos representativos
de las acciones que se ha resuelto reemplazar por acciones escriturales. Se resuelve que la sociedad prescinda
de sindicatura y eliminar del estatuto las previsiones respecto del consejo de vigilancia, a cuyo fin se modifica
el artículo Décimo Primero que queda redactado del siguiente modo: “FISCALIZACIÓN: ARTÍCULO DECIMO
PRIMERO: La Sociedad prescinde de sindicatura conforme lo previsto en el artículo 284, párrafo segundo, de la
Ley General de Sociedades Nº 19.550. Cuando por aumento de capital social, la Sociedad quedara comprendida
en el inciso 2 del artículo 299 de la citada ley, anualmente la Asamblea deberá designar síndico titular y suplente”.
Asimismo, se aprueba un texto ordenado del estatuto de la Sociedad. El aumento de capital corresponde a la
capitalización parcial de la cuenta ajuste de capital y se emiten nuevas acciones ordinarias escriturales liberadas
por el total del capital social conforme el siguiente detalle: (i) Cecilia Reynolds: 1250 acciones de $ 100 valor
nominal cada una y con derecho a 5 votos por acción, (ii) Martín Reynolds: 1250 acciones de $ 100 valor nominal
cada una y con derecho a 5 votos por acción, (iii) Tomás Reynolds: 1250 acciones de $ 100 valor nominal cada una
y con derecho a 5 votos por acción, y (iv) Marcos Reynolds: 1250 acciones de $ 100 valor nominal cada una y con
derecho a 5 votos por acción. Autorizado según instrumento privado asamblea de accionistas de fecha 23/09/2019
Cecilia Reynolds - T°: 69 F°: 965 C.P.A.C.F.
e. 05/09/2025 N° 64580/25 v. 05/09/2025