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N° 64580/25 Aviso del Boletín Oficial

CAIGUA S.A.R. Y C.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 5 de septiembre de 2025

Texto del aviso

CAIGUA S.A.R. Y C.

(CUIT 30-52069969-0; IGJ N° 172384) comunica que por Asamblea Extraordinaria Unánime de Accionistas de fecha

23/09/2019 se resolvió por unanimidad modificar el estatuto de la sociedad conforme se detalla a continuación. Se

elimina la referencia a la sede original del Artículo Primero que queda redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO

PRIMERO: La Sociedad se denomina “CAIGUA SOCIEDAD ANONIMA RURAL Y COMERCIAL”. Tiene su domicilio

legal en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La sede social será fijada por el directorio y podrá ser

cambiada sin necesidad de modificar el estatuto”. Se reforman los Artículos Cuarto y Quinto y se elimina el Artículo

Sexto debido a que se aumenta el capital social en la suma de $ 499.999,99. El capital social aumenta de $ 0,01 a

$ 500.000,00, mediante capitalización parcial de la cuenta ajuste de capital con reforma de estatuto. Se reemplazan

las acciones cartulares por acciones escriturales. Los Artículos Cuarto y Quinto quedan redactados de la siguiente

manera: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de $ 500.000 representado por 5.000 acciones de cien pesos

valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo

de su monto conforme el artículo 188 de la Ley General de Sociedades” y “ARTÍCULO QUINTO: Las acciones son

escriturales, ordinarias o preferidas, con derecho a entre 1 y 5 votos por acción. Las acciones preferidas gozan de

dividendo preferente, acumulativo o no, y/o participación adicional en las ganancias, conforme sus condiciones

de emisión”. Se elimina el artículo Sexto del estatuto que contiene los requisitos de los títulos representativos

de las acciones que se ha resuelto reemplazar por acciones escriturales. Se resuelve que la sociedad prescinda

de sindicatura y eliminar del estatuto las previsiones respecto del consejo de vigilancia, a cuyo fin se modifica

el artículo Décimo Primero que queda redactado del siguiente modo: “FISCALIZACIÓN: ARTÍCULO DECIMO

PRIMERO: La Sociedad prescinde de sindicatura conforme lo previsto en el artículo 284, párrafo segundo, de la

Ley General de Sociedades Nº 19.550. Cuando por aumento de capital social, la Sociedad quedara comprendida

en el inciso 2 del artículo 299 de la citada ley, anualmente la Asamblea deberá designar síndico titular y suplente”.

Asimismo, se aprueba un texto ordenado del estatuto de la Sociedad. El aumento de capital corresponde a la

capitalización parcial de la cuenta ajuste de capital y se emiten nuevas acciones ordinarias escriturales liberadas

por el total del capital social conforme el siguiente detalle: (i) Cecilia Reynolds: 1250 acciones de $ 100 valor

nominal cada una y con derecho a 5 votos por acción, (ii) Martín Reynolds: 1250 acciones de $ 100 valor nominal

cada una y con derecho a 5 votos por acción, (iii) Tomás Reynolds: 1250 acciones de $ 100 valor nominal cada una

y con derecho a 5 votos por acción, y (iv) Marcos Reynolds: 1250 acciones de $ 100 valor nominal cada una y con

derecho a 5 votos por acción. Autorizado según instrumento privado asamblea de accionistas de fecha 23/09/2019

Cecilia Reynolds - T°: 69 F°: 965 C.P.A.C.F.

e. 05/09/2025 N° 64580/25 v. 05/09/2025