N° 65753/25 Aviso del Boletín Oficial
ABCM SOLUCIONES S.R.L.
Texto del aviso
ABCM SOLUCIONES S.R.L.
CUIT 30-71613903-0. MODIFICACION CONTRATO SOCIAL. DENOMINACIÓN SOCIAL. OBJETO. Escritura 241,
folio 576, 05/09/2025, Registro Notarial 26, CABA: Por Acta de Reunión Unánime de Socios 20/08/2025 se decidió
modificar los siguientes artículos del contrato social: 1) “ARTICULO PRIMERO: La Sociedad se denominaba
“ABCM Soluciones S.R.L.” y se ahora denomina “ABCM Construcciones S.R.L.”, por lo cual se establece el nexo
de continuidad jurídica entre la denominación anterior y la nueva denominación adoptada. La Sociedad tiene
su domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pudiendo establecer sucursales,
agencias y depósitos en cualquier punto del país o del extranjero.” 2) “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene
por objeto dedicarse por cuenta por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en todo el territorio del
país, a las siguientes actividades: I) Constructora: Proyecto, dirección, administración y ejecución de obras civiles,
urbanizaciones, refacción o demolición de las obras enumeradas; construcción, refacción, terminación y reparación
de viviendas, lotes urbanos o rurales, acopio de materiales de construcción. II) Inmobiliaria: Compra, venta,
permuta, administración, intermediación, locación, arrendamiento y urbanización de lotes, inmuebles urbanos y
rurales, propios o de terceros, fraccionamiento, unificación, subdivisión y enajenación de lotes, countries, clubes
de campo, barrios náuticos, barrios cerrados o similares, loteos, y administración de los mismos. III) Financiera:
Tomar y otorgar créditos con fondos propios y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las
reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público y todas
aquellas actividades a las que no esté habilitada por el tipo social. Las actividades que así lo requieran serán
llevadas a por profesionales con título habilitante en la materia. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todas las operaciones, actos y
contratos permitidos por las leyes, y que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general
para realizar todas aquellas actividades que no sean contrarias a su objeto, y que no sean prohibidos por las leyes,
reglamentos o por este contrato social.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 241 de fecha 05/09/2025
Reg. Nº 26
Federico Francisco Delpech - T°: 128 F°: 46 C.P.A.C.F.
e. 10/09/2025 N° 65753/25 v. 10/09/2025