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N° 67723/25 Aviso del Boletín Oficial

EAGLE SERVICE GROUP S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 16 de septiembre de 2025

Texto del aviso

EAGLE SERVICE GROUP S.R.L.

CUIT 30-64317205-0. Mediante Escritura 53 del 02/09/2025, 1) Eduardo Maria ARAMBURU CEDE 8000 CUOTAS

a favor de Martin Esteban ARAMBURU y Francisco Manuel ARAMBURU, en las proporciones de 90% y 10%,

respectivamente. CAPITAL SOCIAL ACTUAL: $ 16.000 dividido en 16.000 cuotas de $ 1 valor nominal c/u,

suscriptas por Martin Esteban ARAMBURU 95% y Francisco Manuel ARAMBURU 5%. 2) Se acepta la RENUNCIA

del Gerente Eduardo Maria ARAMBURU, ratificandose a Martin Esteban ARAMBURU como unico gerente, y 3) los

socios de forma unanime resuelven MODIFICAR del CONTRATO SOCIAL el ARTICULO QUINTO, el cual queda

redactado de la siguiente forma: “El capital social es de PESOS DIECISEIS MIL. Está dividido en 16.000 cuotas de

valor nominal de Pesos uno ($ 1) cada una, que los socios suscriben de acuerdo con el siguiente detalle: Martin

Esteban ARAMBURU: 15200 cuotas y Francisco Manuel ARAMBURU: 800 cuotas. El capital fijado en la suma de

DIECISEIS MIL PESOS se encuentra totalmente suscripto e integrado en la proporción citada.”, y el ARTICULO

SEXTO, que queda redactado de la siguiente forma: “La administración, representación legal y uso de la firma

social estará a cargo de uno o mas, socios o no, en forma indistinta, quienes revestirán el cargo de “gerentes”.

Durarán en su cargo por todo el tiempo de duración de la sociedad. En tal carácter tienen todas las facultades

para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad. En garantía de su gestión,

cada uno de los gerentes deberá constituir un depósito no inferior a Diez mil Pesos o su equivalente. Dicha garantía

deberá consistir: a) en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades

financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad; o b) en fianzas o avales bancarios o seguros de caución

o de responsabilidad civil a favor de la sociedad.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 53 de fecha

02/09/2025 Reg. Nº 1220

Ana Maria Gloria Raiano - Matrícula: 2522 C.E.C.B.A.

e. 16/09/2025 N° 67723/25 v. 16/09/2025