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N° 72704/25 Aviso del Boletín Oficial

CASS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 1 de octubre de 2025

Texto del aviso

CASS S.R.L.

CUIT 30-70920007-7 Mediante Acta de Asamblea Gral Extraordinaria 28 del 1.9.2025 elevada a Esc 780 del

24.9.2025 Reg 15 CABA se resolvió reformar el Art 7 del Contrato Social que quedo redactado asi: “Artículo

Séptimo: Administración. Todos los socios revisten la calidad de gerentes. La administración y representación

de la sociedad estará a cargo de los gerentes que revistan la calidad de socios. Su designación será por tiempo

indeterminado mientras dure su calidad de socios, sin perjuicio de la revocación de su designación por el voto

de la mayoría de los socios. La designación y la remoción deberán ser publicadas e inscriptas en el Registro

Público de Comercio. Gerentes. La actuación de los socios gerentes será conjunta, necesitándose la firma de

dos de ellos para obligar a la sociedad, salvo los gerentes Ezequiel Cassagne y Máximo Julio Fonrouge quienes

actuando en forma individual e indistinta podrán por si solos realizar todos los actos de administración y emplear

el uso de la firma social en forma individual. Los socios gerentes actuando en la forma indicada, tendrán todas

las facultades para actuar ampliamente en todos los negociosos sociales, pudiendo realizar cualquier acto o

suscribir cualquier contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles, incluyendo su enajenación, cesión,

locación, gravamen con derechos reales así como también operar en nombre de la sociedad con toda clase de

bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas, otorgar y revocar poderes especiales y

generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir

denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer

obligaciones a la sociedad. Los socios gerentes tienen prohibido comprometer a la sociedad en actos extraños al

objeto social, o dar fianzas o avales a favor de terceras personas por razones ajenas a las actividades sociales. En

garantía del cumplimiento de sus funciones los Gerentes deberán constituir una garantía por un monto no inferior

a la suma que establezcan las normas y disposiciones legales vigentes, por cada uno, debiendo constituirse

dicha garantía en las condiciones y en las formas previstas por el ordenamiento legal y reglamentario aplicable.

Asimismo, podrán designarse gerentes que no revistan la calidad de socios, a quienes se les podrán asignar

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.761 - Segunda Sección 37 Miércoles 1 de octubre de 2025

funciones de administración tales como: desarrollo del área de recursos humanos, del área de capacitación y

actualización, del centro de información, implementación y organización de comités periódicos de gerentes; del

área de informática y presentaciones industriales, así como el desarrollo, implementación y planificación de todas

aquellas áreas que resulten útiles y afines al objeto social, sin que esto implique el desempeño de una gerencia

colegiada. La asamblea podrá asimismo designar igual o menor número de gerentes suplentes”. Autorizado según

instrumento público Esc. Nº 780 de fecha 24/09/2025 Reg. Nº 15

Ernesto José Tissone - Matrícula: 4386 C.E.C.B.A.

e. 01/10/2025 N° 72704/25 v. 01/10/2025