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N° 72706/25 Aviso del Boletín Oficial

ENERVANTA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 1 de octubre de 2025

Texto del aviso

ENERVANTA S.A.

CUIT 30-71896496-9: Por Asamblea General Extraordinaria del 30 de septiembre de 2025 se resolvió: reformar

el artículo tercero del Estatuto Social referido al objeto social, de manera que quede redactado de la siguiente

manera: ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene como objeto exclusivo dedicarse por cuenta propia, de terceros

o asociados a éstos, en cualquier parte del país o del extranjero a la realización de actividades de inversión, a

cuyo fin podrá adquirir participaciones en empresas y sociedades constituidas o a constituirse, cualquiera fuera su

objeto, siempre de acuerdo a lo establecido por el artículo 30 de la Ley General de Sociedades número 19.550. Para

el mejor cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá realizar las siguientes operaciones: (a) Presentarse

en concursos o licitaciones nacionales y/o internacionales a los efectos de la adquisición directa o indirecta de

participaciones accionarias en sociedades, pudiendo a tales fines presentar ofertas, individual o conjuntamente,

en calidad de integrante, participante, oferente y/o cualquier otra figura que resulte admisible, invocando o no

Conjunto Económico y actuando o no en representación de dicho Conjunto Económico, todo según los pliegos de

bases y condiciones aplicables, celebrar todos los actos necesarios y/o convenientes a los fines de su participación

en dichos concursos o licitaciones y asumir todos los derechos y obligaciones previstos en los referidos pliegos de

bases y condiciones, incluyendo sus modificaciones y/o aclaraciones. (b) Operaciones Financieras, incluyendo el

otorgamiento de garantías, préstamos o avales a favor de terceros; compra, venta y administración de acciones,

títulos públicos, debentures y demás valores mobiliarios con excepción de las operaciones comprendidas en

las prescripciones de la ley número 18.071 y demás regímenes al Comercio Público. (b) Otorgar préstamos y

garantías, incluyendo los mutuos, avales, fianzas, sellos y/o cualquier otro tipo de respaldo, sea real o personal,

para garantizar deuda y/u obligaciones propias y de terceros. (d) Aportes de capitales a personas o a otras

sociedades constituidas o a constituirse, para financiar operaciones realizadas o a realizarse, así como la emisión

y compraventa de acciones, debentures, obligaciones negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles

de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse. Quedan excluidas del objeto social

las actividades que prescribe la Ley de Entidades Financieras número 21.526 o las que en el futuro la reemplacen.

La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos

que no sean prohibidos por las normas legales, reglamentarias o por el presente estatuto.

Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 30/09/2025

Milagros Marini - T°: - F°: - C.P.A.C.F.

e. 01/10/2025 N° 72706/25 v. 01/10/2025