N° 74436/25 Aviso del Boletín Oficial
CONCESSIONÁRIA CS RODOVIAS MERCOSUL SPE S.A.
Texto del aviso
CONCESSIONÁRIA CS RODOVIAS MERCOSUL SPE S.A.
Comunica que por resolución de CONCESSIONÁRIA CS RODOVIAS MERCOSUL SPE S.A. de fecha 23/09/2025,
se resolvió establecer una sucursal en la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en los términos del art.
118 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. Denominación: CONCESSIONÁRIA CS RODOVIAS MERCOSUL
SPE S.A. Domicilio social: Av. Belgrano 687, Piso 8, Oficina 33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Capital asignado
a la sucursal: No se ha asignado capital. Fecha de cierre de ejercicio social: 31 de diciembre. Representante legal:
Carlos Alberto Di Brico, DNI 10.370.107, nacido el 01/08/1952, argentino, contador público, casado, con domicilio
real en Gral. Pacheco 965, Martínez, Provincia de Buenos Aires y domicilio especial en la Av. Belgrano 687, Piso
8, Oficina 33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designado por tiempo indeterminado. La Sociedad Extranjera
cuya sucursal se inscribe es CONCESSIONÁRIA CS RODOVIAS MERCOSUL SPE S.A., constituida por escritura
de constitución de fecha 20 de agosto de 2025 y rectificado y ratificado por escritura de rectificación y ratificación
de fecha 15 de septiembre de 2025, siendo inscripta en la Junta Comercial, Industrial y de Servicios de Rio
Grande do Sul, Brasil, en fecha 18 de septiembre de 2025 bajo el Número de Identificación del Registro Mercantil
- NIRE 4330007890-6, CNPJ (Registro Nacional de las Personas Jurídicas) 62.790.028/0001-27, con domicilio
social fijado en Chácara São Vicente, S/N, Primer Distrito, Sala Ponte, CEP (Código Postal) 97.670-000, São Borja,
Rio Grande do Sul (RS), Brasil. Accionista: CS INFRA S.A., sociedad anónima de capital cerrado registrada en el
CNPJ/MF con el nº 943.312.111/0001-46, con sede en la calle Doutor Renato Paes de Barros, nº 1.017, sala 132,
Itaim Bibi, CEP (Código Postal) 04530-001, Municipio de São Paulo, Estado de São Paulo, Brasil, con su Estatuto
Social de fecha 22 de julio de 2022, debidamente registrado en la JUCESP (Junta Comercial del Estado de São
Paulo) bajo el nº 416.571/22-0, sesión del 15/08/2022. Objeto social: La sociedad tiene por objeto social único y
exclusivo la explotación de la concesión de servicios públicos para la explotación de la infraestructura, operación,
mantenimiento, monitoreo y gestión de inversiones para la conservación del Puente Carretero sobre el Río Uruguay,
entre las ciudades de São Borja y Santo Tomé (Puente Binacional), de sus accesos viales a ambos lados y del
Centro Unificado de Fronteras (CUF), que incluye los servicios de movimiento y almacenaje de mercaderías bajo
control aduanero en las condiciones que establezcan los organismos públicos, atribuyendo su explotación a la
iniciativa privada, autorizados por el Acuerdo para la construcción de un puente sobre el río Uruguay entre las
ciudades de São Borja y Santo Tomé, del 2 de agosto de 1989, cuyo texto fue aprobado por el Decreto Legislativo
nº 82 del 6 de diciembre de 1989, promulgado por el Decreto nº 110 del 3 de mayo de 1991, así como el Acuerdo
entre la República Federativa de Brasil y la República Argentina para el Funcionamiento del Centro Único de
Frontera São Borja-Santo Tomé - CUF, cuyo texto fue aprobado por el Decreto Legislativo nº 92, del 18 de octubre
de 1999, y promulgado posteriormente por el Gobierno de Brasil mediante el Decreto nº 3.467, del 17 de mayo
de 2000, en los términos del contrato de concesión derivado del Pliego de Concesión nº 01/2025 (Contrato de
Concesión), publicado por la Comisión Mixta Argentino-Brasileña - COMAB (Autoridad Concedente). Además de los
servicios enumerados anteriormente, la Sociedad también está autorizada a explotar, directamente o mediante la
celebración de contratos con terceros, ingresos complementarios, auxiliares, alternativos y asociados al proyecto,
caracterizados por fuentes distintas de la recaudación de tarifas relacionadas con la gestión del Centro Único
Fronterizo (CUF), de la recaudación de tarifas de peaje y de inversiones financieras, en los términos de la Cláusula
16.5 del Contrato de Concesión, incluyendo, pero no limitado a, (i) la explotación comercial de áreas en el complejo
que comprende el CUF, el Puente Binacional y sus accesos carreteros (“Complejo”), (ii) la difusión publicitaria, (iii)
prestación de servicios diversos y/o comodidades a los usuarios del Complejo, y (iv) cualesquiera otros ingresos
correspondientes y permitidos por la legislación vigente. Administración y representación: a cargo del Directorio,
compuesto por: Fernando Antonio Quintas Alves Filho y Rodrigo Pinheiro Andrade. Plazo de duración: mandato
unificado de 3 (tres) años a partir del 25 de agosto de 2025. Duración: La duración de la Sociedad será la necesaria
para el cumplimiento de todas sus obligaciones derivadas del Contrato de Concesión. Fecha de cierre de ejercicio
social: 31 de diciembre. Capital social: R$ 10.000, representado por 10.000 (diez mil) acciones nominativas y
sin valor nominal. Autorizado según instrumento privado Resolución de CONCESSIONÁRIA CS RODOVIAS
MERCOSUL SPE S.A. de fecha 23/09/2025
AGUSTINA EVA ARIAS - T°: 141 F°: 414 C.P.A.C.F.
e. 07/10/2025 N° 74436/25 v. 07/10/2025