N° 79143/25 Aviso del Boletín Oficial
AMPER LATINA S.R.L.
Texto del aviso
AMPER LATINA S.R.L.
Por escritura 42 del 15/10/25 ante Esc. Rocío Bintureira, registro 417 CABA, Mónica Noemí MUTAL, nacida 29/1/57,
DNI 13482393, CUIL 27134823939, casada en 1ras. nup. con Roberto Gabriel Zito y Agustina ZITO, nacida 9/12/92,
DNI 37185010, CUIL 23371850104, soltera, ambas comerciantes, argentinas y domiciliadas en Arenales 2336, piso
1 “3”, CABA; constituyeron AMPER LATINA SRL, plazo de duración 99 años a partir de su inscripción en el Registro
Público de Comercio. Tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país y/o
en el extranjero las siguientes actividades: COMERCIALES: Producción, compra, venta, transporte, exportación
e importación de batería de acumuladores y pilas, equipos de energía, refrigeración, grupos electrógenos,
rectificadores, sistemas de alimentación ininterrumpida o “UPS uninterruptible power supply”, equipos de radio de
comunicaciones, cabinas de protección de equipos eléctricos y/o de telecomunicaciones o “shelters”, materiales
eléctricos y demás accesorios relacionados con energía convencional y no convencional. Asimismo, servicios de
control, instalación, mantenimiento, asesoramiento técnico y cursos de capacitación. A tales fines la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos y contratos
que no sean prohibidos por las leyes o por el presente contrato social. Cierre de ejercicio 31/12 cada año. Capital
$ 1.000.000, dividido en 1000 cuotas de $ 1000 cada una, valor nominal, en dinero efectivo, con derecho a un
voto cada cuota. Los socios suscribieron 500 cuotas Mónica Noemí MUTAL y 500 cuotas Agustina ZITO. Gerente
Mónica Noemí MUTAL, quien aceptó el cargo y constituyó domicilio especial en sede social sita en Av Corrientes
2135, piso 4 A, CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 42 de fecha 15/10/2025 Reg. Nº 417
ROCIO BINTUREIRA - Matrícula: 5559 C.E.C.B.A.
e. 23/10/2025 N° 79143/25 v. 23/10/2025