N° 80156/25 Aviso del Boletín Oficial
ANDINA ELECTRICIDAD S.A.
Texto del aviso
ANDINA ELECTRICIDAD S.A.
CUIT 30-71034638-7.- REFORMA DE ESTATUTO. MODIFICACION ARTICULO TERCERO. Por Asamblea General
Extraordinaria del 18/09/2025 se aprueba la MODIFICACION del artículo TERCERO DEL ESTATUTO SOCIAL, el que
quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto la realización por
cuenta propia o de terceros o asociada a éstos o en comisión o por mandatos de terceros, sean éstos empresas
nacionales o extranjeras, privadas o públicas, sean estas entidades o sociedades estatales o de economía mixta, en
asociación, o en uniones transitorias de empresas, por licitaciones públicas o contrataciones directas; en cualquier
parte del país o del extranjero, de las siguientes actividades: (I) INVERSORA Y FINANCIERA: Mediante préstamos
con o sin garantías, a corto y largo plazso, en entidades bancarias, oficiales, privadas, mixtas, del país o del
extranjero, financiar operaciones, participaciones de cualquier negocio, sociedades constituidas o a constituirse,
empresas, del país o del extranjero. Dar avales y fianzas. Adquisición, transferencia y/u otorgamiento de créditos
hipotecarios. Se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en la ley de Entidades Financieras Nro.
21.526. Participar en sociedades creadas o a crearse nacionales o extranjeras. Realizar actividades de inversión en
emprendimientos y proyectos para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, proyectos de
transición energética y desarrollo de energías sustentables. Realizar gestiones de análisis financiero excluyendo
las propias de la incumbencia de los graduados en abogacía y ciencias económicas. Representaciones, mandatos,
agencias, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios y administración de todo tipo y empresas en general.
(II) ACTIVIDADES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA Y OBRAS DE INFRAESTRUCTURA: Estas actividades incluirán
(i) La generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables —incluyendo, sin carácter limitativo, solar,
eólica, hidráulica (contemplando el desarrollo, construcción, operación y explotación de obras hidroeléctricas y
presas), biomasa, biogás, hidrógeno y demás tecnologías limpias o sustentables—, así como a partir de fuentes
convencionales de origen fósil, tales como gas natural, petróleo, sus derivados u otros combustibles fósiles, (ii) La
planificación, desarrollo, construcción, operación, mantenimiento, explotación y comercialización de proyectos,
plantas y centrales de generación de energía eléctrica, cualquiera sea su escala o tecnología, (iii) La ejecución
y operación de obras de infraestructura hidráulica, comprendiendo el diseño, construcción, administración
y explotación de represas, embalses, canales, diques y demás instalaciones vinculadas, (iv) La prestación de
servicios técnicos, financieros, de consultoría y asesoramiento en el ámbito energético, hidráulico e hidroeléctrico
en todas sus formas y (v) La compra, venta, importación, exportación y comercialización de bienes, equipos,
insumos y tecnología relacionados con las actividades antes indicadas. La sociedad podrá realizar, con fines
vinculados a su objeto, operaciones inmobiliarias o actos civiles, comerciales o de cualquier otra naturaleza que
sean conexos y resulten necesarios para llevar a cabo el objeto social.- Para la realización del objeto social, la
sociedad goza de plena capacidad jurídica para realizar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos
autorizados por las leyes, que se relacionen con el objeto social.- Toda actividad que así lo requiera, será realizada
por profesionales con título habilitante debidamente especializados y contratados al efecto.”
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 139 de fecha 21/10/2025 Reg. Nº 2145
María Eugenia Girard - Matrícula: 4550 C.E.C.B.A.
e. 24/10/2025 N° 80156/25 v. 24/10/2025