N° 79937/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 24
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 24
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 12 a cargo del Dr. Hernán Diego Papa, Sec. N° 24 a mi cargo, sito
en M. T. de Alvear 1840 PB, CABA, hace saber por cinco días en los autos “LOPEZ ROMAY, FERNANDO CARLOS
s/QUIEBRA” (Exp. Nro. 12664/2025) se decretó la quiebra de LOPEZ ROMAY, FERNANDO CARLOS (CUIT: 20-
27948954-4) con domicilio en la calle DOBLAS n° 223 piso 6 dpto “C” CABA, fijándose el siguiente cronograma:
hasta el 02.12.2025 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto
con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 1, a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento a lo
dispuesto con fecha 13.10.2025 a lo que se remite (v. pto. II ap. “i 1° ”). En tal inc. deberán también formularse
digitalmente las observaciones a que alude el art. 34 LCQ y sus contestaciones, según lo autorizado en dicho
decisorio. El arancel previsto por el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta identificada
con CBU 0070003020000016079975 de titularidad del Contador DANTE FRANCISCO GIAMPAOLO (CUIT 20-
11808531-1). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no cuente
con asistencia letrada deberán solicitar turno a la sindicatura DANTE FRANCISCO GIAMPAOLO -con domicilio en
la calle Anchorena 672, Piso 5º, “C”, CABA y tel. 1169056017 mediante email a drgiampaolo@yahoo.com.ar. A tal
fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el pto. II ap. “i 1° ” del decisorio de fecha 13.10.2025 a
lo que se remite. El síndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los días 20.02.2026 y 13.04.2026
respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 09.03.2026. La audiencia de explicaciones
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.778 - Segunda Sección 102 Lunes 27 de octubre de 2025
se llevará a cabo el 06.04.2026 a las 10:00 hs. Se intima a los terceros para que entreguen al síndico los bienes
del deudor que tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de
declararlos ineficaces. Buenos Aires, 23 de octubre de 2025. HERNAN DIEGO PAPA Juez - RICARDO DANIEL
ZMUDA SECRETARIO
e. 24/10/2025 N° 79937/25 v. 30/10/2025