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N° 82121/25 Aviso del Boletín Oficial

COMPAÑÍA SUD AMERICANA DE DRAGADOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 31 de octubre de 2025

Texto del aviso

COMPAÑÍA SUD AMERICANA DE DRAGADOS S.A.

CUIT 30-68301325-7 Comunica que por Asamblea General Extraordinaria del 17/09/2025 se resolvió: (i) Reforma

del artículo Tercero del Estatuto Social en relación a su objeto social; (ii) Aprobación de la redacción del Artículo

Tercero del Estatuto que contemple la modificación propuesta en el Punto 1, a saber: “ARTICULO TERCERO:

La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, en el país o en el exterior, por sí o por

intermedio de terceros, las siguientes actividades: 1) Servicios: prestar servicios de mantenimiento de vías

navegables. 2) Marítimo: Actuar como armador y agente marítimo. 3) Construcción: Mediante la ejecución de

toda clase de obras públicas y privadas relativas a su objeto principal. Quedan incluidas todas las actividades

de mantenimiento, construcción, reparación de la infraestructura necesarias para el cumplimiento de su objeto

principal. 4) Comerciales: La compra, venta, locación, importación, exportación, distribución y permuta de bienes

de todo tipo, relacionados con su objeto principal. 5) Financiera: Aceptar o recibir dinero u otros valores, préstamos

a plazo determinado o reembolsables en determinada forma y/o condiciones con o sin garantías de acuerdo a las

exigencias legales o reglamentarias aplicables, descontar, endosar y aceptar letras de cambio, giros, cheques,

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.782 - Segunda Sección 7 Viernes 31 de octubre de 2025

warrants. Abrir cuentas corrientes, con o sin provisión de fondos. Conceder, constituir, ceder, descontar o transferir

hipotecas, prendas y todo otro derecho real, sin limitación alguna, y operar en las bolsas y mercados de valores

del país y del extranjero. Realizar en general toda clase de operaciones financieras con exclusión a las previstas

en la ley 21.526 u otras por las que se requiere el concurso público de capitales. Queda facultada para contraer

empréstitos, en forma pública o privada, mediante la emisión de debentures u obligaciones negociables dentro o

fuera del país y en las monedas que establezca. Los debentures podrán emitirse con garantía flotante, con garantía

especial o con garantía común, pudiendo serlo en moneda extranjera y ser convertida en acciones de acuerdo con

el programa de emisión. Las obligaciones negociables se sujetarán al régimen de la ley 23.576, sus modificaciones

y sus reglamentaciones. 6) Mandatos: Ejercer, conferir y revocar representaciones y mandatos vinculados a su

objeto principal. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir

derechos, contraer obligaciones y ejercer todos actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos Estatutos.

7) Celebrar acuerdos con otras sociedades independientes, vinculadas o integrantes del mismo grupo económico

que requieran a la sociedad la prestación de servicios de intermediación de pagos por cuenta y orden de terceros”.

Autorizada según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria del 17/09/2025, Carolina Galeano, CPACF

al Tº 134 Fº 860. Autorizado según instrumento privado Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha

17/09/2025

CAROLINA GALEANO - T°: 134 F°: 860 C.P.A.C.F.

e. 31/10/2025 N° 82121/25 v. 31/10/2025