N° 82121/25 Aviso del Boletín Oficial
COMPAÑÍA SUD AMERICANA DE DRAGADOS S.A.
Texto del aviso
COMPAÑÍA SUD AMERICANA DE DRAGADOS S.A.
CUIT 30-68301325-7 Comunica que por Asamblea General Extraordinaria del 17/09/2025 se resolvió: (i) Reforma
del artículo Tercero del Estatuto Social en relación a su objeto social; (ii) Aprobación de la redacción del Artículo
Tercero del Estatuto que contemple la modificación propuesta en el Punto 1, a saber: “ARTICULO TERCERO:
La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, en el país o en el exterior, por sí o por
intermedio de terceros, las siguientes actividades: 1) Servicios: prestar servicios de mantenimiento de vías
navegables. 2) Marítimo: Actuar como armador y agente marítimo. 3) Construcción: Mediante la ejecución de
toda clase de obras públicas y privadas relativas a su objeto principal. Quedan incluidas todas las actividades
de mantenimiento, construcción, reparación de la infraestructura necesarias para el cumplimiento de su objeto
principal. 4) Comerciales: La compra, venta, locación, importación, exportación, distribución y permuta de bienes
de todo tipo, relacionados con su objeto principal. 5) Financiera: Aceptar o recibir dinero u otros valores, préstamos
a plazo determinado o reembolsables en determinada forma y/o condiciones con o sin garantías de acuerdo a las
exigencias legales o reglamentarias aplicables, descontar, endosar y aceptar letras de cambio, giros, cheques,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.782 - Segunda Sección 7 Viernes 31 de octubre de 2025
warrants. Abrir cuentas corrientes, con o sin provisión de fondos. Conceder, constituir, ceder, descontar o transferir
hipotecas, prendas y todo otro derecho real, sin limitación alguna, y operar en las bolsas y mercados de valores
del país y del extranjero. Realizar en general toda clase de operaciones financieras con exclusión a las previstas
en la ley 21.526 u otras por las que se requiere el concurso público de capitales. Queda facultada para contraer
empréstitos, en forma pública o privada, mediante la emisión de debentures u obligaciones negociables dentro o
fuera del país y en las monedas que establezca. Los debentures podrán emitirse con garantía flotante, con garantía
especial o con garantía común, pudiendo serlo en moneda extranjera y ser convertida en acciones de acuerdo con
el programa de emisión. Las obligaciones negociables se sujetarán al régimen de la ley 23.576, sus modificaciones
y sus reglamentaciones. 6) Mandatos: Ejercer, conferir y revocar representaciones y mandatos vinculados a su
objeto principal. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer todos actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos Estatutos.
7) Celebrar acuerdos con otras sociedades independientes, vinculadas o integrantes del mismo grupo económico
que requieran a la sociedad la prestación de servicios de intermediación de pagos por cuenta y orden de terceros”.
Autorizada según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria del 17/09/2025, Carolina Galeano, CPACF
al Tº 134 Fº 860. Autorizado según instrumento privado Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha
17/09/2025
CAROLINA GALEANO - T°: 134 F°: 860 C.P.A.C.F.
e. 31/10/2025 N° 82121/25 v. 31/10/2025