N° 137913/1999 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50
El JUZGADO NACIONAL DE 1° INSTANCIA EN LO COMERCIAL N* 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco
Robledo, Secretaría n* 50 a cargo del Dr. Federico H. Campolongo, hace saber que con fecha 24/10/25, en los
autos “TUDER S.A.C.I.F.I.A. s/QUIEBRA”, expediente N° 137913/1999, ha sido decretada la quiebra de la firma
TUDER S.A.C.I.F.I.A., constituida por escritura N° 130 de fecha 12 de julio de 1977 pasada ante el Escribano
Alfredo Pombo, inscripta en el Juzgado Nac. de 1° Instancia en lo Comercial de Registro el 21 de febrero de 1978,
bajo el N° 245, del Libro 89, Tomo A de Estatutos de S.A. Los acreedores deberán presentar las peticiones de
verificación y los títulos pertinentes ante el síndico CONTADOR GUSTAVO ALEJANDRO PAGLIERE, con domicilio
constituido en la calle TUCUMAN 1424 piso 8º “E” CABA, TEL: 1168645953, hasta el día 22/12/25. Los acreedores
podrán enviar sus pedidos de verificación al correo electrónico de la sindicatura (gpagliere@estudiopagliere.com.
ar) adjuntando en formato PDF copia de la documentación fundante del pedido. Las observaciones a los pedidos
verificatorios se deberán remitir a la misma dirección de correo electrónico del síndico. En caso de que alguno
de los insinuantes deba cumplir con el pago del arancel verificatorio del art. 32 LCQ, el mismo podrá efectuarse
mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria del sindico, abierta en el Banco Ciudad de Bs.As., suc. 58,
Caja de Ahorro en pesos 0007670/8, CUIT 20-12260605-9 CBU 0290058210000000767089. El citado funcionario
presentará el informe previsto por el art. 35 lcq el día 11/03/26 y el prescripto por el art. 39 lcq el día 27/04/26.
Asimismo se intima a la fallida y a su órgano de administración, para que dentro de las 24 hs. se haga entrega al
síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente a su negocio
o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24.522 y constituya domicilio bajo
apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímese a terceros que tengan bienes
y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en el plazo de cinco días,
prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publíquese por 5 días en el Boletín
Oficial, sin previo pago. Buenos Aires, 07 de noviembre de 2025. FEDERICO H. CAMPOLONGO
SECRETARIO HORACIO F. ROBLEDO Juez - FEDERICO H. CAMPOLONGO SECRETARIO
e. 10/11/2025 N° 85081/25 v. 14/11/2025