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N° 85566/25 Aviso del Boletín Oficial

LPM DESARROLLOS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 12 de noviembre de 2025

Texto del aviso

LPM DESARROLLOS S.R.L.

Constituida por Contrato del 10/11/2025 y Esc. Nº 80 del 10/11/2025 por ante el Registro 1419 de C.A.B.A.- Socios:

Leandro Esteban FREIRE, argentino, nacido el 29/10/1973, DNI. 23.548.528, CUIT. 20-23548528-2, divorciado en

segundas nupcias de Marta Isabel Robles, empresario, domiciliado en Güemes 1045, San Antonio de Padua, Pcia.

de Bs. As.; Pablo GYMNICH, argentino, nacido el 16/07/1976, DNI. 25.400.905, CUIT. 23-25400905-9, divorciado

en primeras nupcias de Ana Clara Rivademar, productor agropecuario, domiciliado en Mineral 621, Loma Verde,

Escobar, Pcia. de Bs. As.; y Mariano Agustín MENENDEZ, argentino, nacido el 18/05/1975, DNI. 24.595.153, CUIT.

20-24595153-2, casado en primeras nupcias con Natalia Romina Buscarini, empresario, domiciliado en Los Alerces

96, Ingeniero Maschwitz, Pcia. de Bs. As.- 1) Denominación: “LPM DESARROLLOS S.R.L.”.- 2) Duración: 99 años

3) Objeto: la realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, en la República Argentina como

en el exterior del país de las siguientes actividades: a) CONSTRUCCIÓN: Construcción de edificios, estructuras

metálicas, de hormigón u otros métodos constructivos, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería de carácter

público o privado. Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios,

loteo de tierras o cualquier otro método de comercialización, y en general, la construcción y compraventa de todo

tipo de inmuebles, asimismo, corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y

explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y de mandatos.- Todas las operaciones que así lo requieran

serán desarrolladas por profesionales con título habilitante. b) INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, alquiler,

arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal,

conjuntos inmobiliarios, loteo de tierras o cualquier otro método de comercialización, así como también toda clase

de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda,

urbanización, clubes de campo, barrios privados, parques industriales o cualquiera de los emprendimientos

urbanísticos enumerados en el artículo 2073 del Código Civil y Comercial de la Nación, pudiendo tomar para la

venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá, inclusive, realizar todas las operaciones

sobre inmuebles que autoricen las leyes y las comprendidas el régimen de propiedad horizontal y propiedad

horizontal especial. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros.

c) FINANCIERA: otorgamiento de créditos para completar el precio de venta de las unidades que integren los

desarrollos y construcciones edilicias que realice la sociedad o terceros. No se realizarán operaciones regidas por

la Ley 21.526 y concurso público. d) FIDUCIARIA: mediante la intervención en actividades previstas en el Artículo

1666 del Código Civil y Comercial y subsiguientes, pudiendo revestir el carácter de fiduciario, fideicomisario,

fiduciante o beneficiario, en cualquier tipo de fideicomiso, con excepción de los fideicomisos financieros, y en

un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 1701 y subsiguientes, pudiendo actuar como administradora

de propiedades y consorcios, bajo el régimen de Propiedad Horizontal, gestiones de negocios, representaciones

y mandatos. Todas las actividades que lo requieran serán desarrolladas por profesionales con título habilitante.

Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se

relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- 4) Capital: $ 3.000.000 dividido en 3.000.000 de cuotas

de $ 1 valor nominal c/u, suscriptas de la siguiente forma: Leandro Esteban FREIRE: 1.000.000 de cuotas, Pablo

GYMNICH: 1.000.000 de cuotas y Mariano Agustín MENENDEZ: 1.000.000 de cuotas.- Integración: 25%.- Plazo

para integrar saldo: De Ley.- 5) La administración, representación legal y dirección de la sociedad estará a cargo

de uno o más gerentes, socios o no, quienes actuaran en forma indistinta, que permanecerán en sus cargos por

el término de duración de la sociedad, salvo que la sociedad decida reemplazarlos.- Prescinde de Sindicatura.- 6)

Cierre de Ejercicio: 31/12.- 7) Gerencia: Pablo GYMNICH y Mariano Agustín MENENDEZ, quienes aceptan los

cargos y fijan domicilio especial en la sede social.- 8) Sede Social: Burela 2167, Piso 8º, Depto. “A”, de C.A.B.A..-

Autorizado según instrumento privado Contrato de fecha 10/11/2025

Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.

e. 12/11/2025 N° 85566/25 v. 12/11/2025