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N° 88014/25 Aviso del Boletín Oficial

GLOBAL FLOW S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 19 de noviembre de 2025

Texto del aviso

GLOBAL FLOW S.A.

30-71825754-5. Comunica que: 1) Por Directorio del 17/11/2025 se resolvió trasladar la sede social a Nicaragua

4677, CABA. 2) Por Asamblea de accionistas del 17/11/2025 se resolvió: (i) aumentar el capital social en la suma

de $ 304.115.943, es decir de la suma de $ 15.000.000 a $ 319.115.943; (ii) Modificar la denominación social

de “Global Flow S.A.” a “Global Flow S.A.U.”, reformando en consecuencia el artículo 1° del Estatuto Social;

(iii) reformar el artículo 2° del Estatuto Social, extendiendo el plazo de duración de la sociedad a 99 años; (iv)

reformar el artículo 3° del Estatuto Social, que quedó redactado de la siguiente forma: “Tercero: La sociedad

tendrá por objeto, ya sea por sí, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior,

realizar las siguientes actividades: (a) Inversora: tomar participación en otras sociedades mediante la compra,

venta, permuta o cualquier otro modo de adquisición al contado o a plazo de acciones, obligaciones negociables,

debentures, u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse en el país y/o

en el extranjero. También podrá ejercer mandatos, comisiones, consignaciones, representaciones, gestiones de

negocios, gestiones de cobro y pagos, inclusive realizados por cuenta y orden del mandante, inclusive utilizando

los denominados activos digitales, y realizar todas aquellas actividades necesarias para el cumplimiento de su

objeto social. (b) Financiera: mediante el otorgamiento con fondos propios de préstamos, inclusive en aquellos

denominados activos digitales, con garantía incluso real o sin ella, para la realización de operaciones y negocios

realizados o a realizarse, constitución, extinción y transferencia, para cesión de prendas, hipotecas, o cualquier

otro derecho real, otorgamiento de préstamos personales o de consumo, actividades de factoring, operaciones

financieras y bursátiles en general. La sociedad no realizará operaciones comprendidas en la Ley de Entidades

Financieras ni aquellas para las cuales se requiera el concurso o ahorro público. (c) Compra, venta, importación,

exportación e intermediación de servicios y bienes informáticos, intercambio electrónico de datos, tokens digitales,

criptomonedas, monedas virtuales, digitales y/u otro tipo de bienes digitales, transferencia electrónica de fondos,

organización, desarrollo, administración y operación de plataformas electrónicas informáticas automatizadas,

páginas web y/o redes sociales para la compra y venta de todo tipo de bienes, en especial de bienes electrónicos,

creados o a crearse por la sociedad o por terceros, pudiendo realizar además todo tipo de asesorías y servicios, ya

sean comerciales, financieros y/o técnicos. (d) Realizar gestiones de cobranzas y/o de pagos y aceptar y ejecutar

mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por cuenta y orden y/o a nombre de terceros, a través de

sistemas de transferencia electrónica por internet y/o cualquier otro medio. (e) Prestación de servicios Fintech,

incluyendo entre otros, remesa de fondos entre personas humanas y jurídicas, domésticas e internacionales,

provisión de billeteras y medios de pago electrónicos y el desarrollo y operación de una plataforma web o

electrónica de servicios Fintech. (f) Provisión de servicios de activos financieros virtuales, incluyendo: intercambio

entre activos virtuales y monedas de curso legal (monedas fiduciarias), intercambio entre una (1) o más formas de

activos virtuales, transferencia de activos virtuales, custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos

que permitan el control sobre los mismos, participación y provisión de servicios financieros relacionados con la

oferta de un emisor y/o venta de un activo virtual. (g) Asesoramiento e informes relacionados con las actividades

descriptas en este objeto social. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales

con título habilitante será realizada por medio de estos. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad

tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones”; (v) reformar el artículo 4° para

reflejar el nuevo monto del capital social; y (vi) reformar los artículos 8° (Administración), 9° (Representación), 10°

(Fiscalización) y 11° (Asambleas) del Estatuto Social. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea

Ordinaria y Extraordinaria de fecha 17/11/2025

JUAN PABLO PINI - T°: 141 F°: 871 C.P.A.C.F.

e. 19/11/2025 N° 88014/25 v. 19/11/2025