N° 90238/25 Aviso del Boletín Oficial
PM70 S.A.
Texto del aviso
PM70 S.A.
Por Esc. Pública del 13/11/2025 se constituyó PM70 S.A. 1) Rodrigo MARTIN, casado, 21553080, 23215530809,
arquitecto, 10/05/1970, Alto Perú 55, San Isidro, provincia Buenos Aires; Facundo MARTIN, soltero, 41541802,
20415418028, médico, 11/11/1998, Alto Perú 55, San Isidro, provincia Buenos Aires; Paloma MARTIN, soltera,
43.598.848, 27435988488, ingeniera, 28/09/2001, Alto Perú 55, San Isidro, provincia Buenos Aires; Germán Daniel
CHOTRO, divorciado, 23.477.326, 20234773268, arquitecto, 17/04/1974, Argerich 2042, Piso 6, Dpto. B, CABA;
Gabriela MENI BATTAGLIA, soltera, 20913113, 27209131132, arquitecta 19/03/1969, García Mansilla 2560, Victoria,
provincia Buenos Aires; María Victoria COSTA TORRES, soltera, 31529251, 23315292514, arquitecta, 17/03/1985,
Libertad 310, Dpto. Norte 937, El Cantón, Belén de Escobar, provincia Buenos Aires; Tomás Martín MAFFONI, soltero,
36087207, 20360872077, arquitecto, 18/06/1992, Vedia 1784, PB, Dpto. B, CABA y Pedro Agustín FALCKE, soltero,
40230330, 20402303302, arquitecto, 06/04/1997, Pareja 4242, Piso 1, Dpto. D, CABA, todos argentinos, Sede
Social: Montevideo 711, Piso 6, Oficina 12, CABA. 3. A) CONSULTORÍA Y ASESORAMIENTO. Prestar toda clase
de servicios de diseño y asesoramiento profesional vinculados a la arquitectura, por medio de sus dependientes o
terceros profesionales especialmente contratados a tales fines, en forma coordinada o individual, de conformidad
con las previsiones del Decreto Ley 6070/58 y sus modificatorias y/o complementarias. B) CONSTRUCCIÓN Y
VENTA DE INMUEBLES: Construcción y venta de edificios sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal y, en
general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles; así como cualquier otra actividad vinculada o
relacionada con la construcción, modificación, refacción y/o reparación de edificios de cualquier naturaleza y destino,
o vinculadas a cualquier tipo de obras públicas o privadas, sean concertadas a través de contrataciones directas,
licitaciones o llamados a concursos, para la construcción de viviendas, oficinas o locales comerciales, puentes,
caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería y/o arquitectura. C) INMOBILIARIA: Intermediación en la
compraventa de inmuebles de cualquier naturaleza, así como la administración y explotación de bienes inmuebles
propios y/o de terceros y el ejercicio de mandatos vinculados a tales actividades, urbanización, colonización,
subdivisión, parcelamiento, alquileres, permuta de todo tipo de inmuebles. D) FINANCIAMIENTO DE INVERSIONES:
Mediante la financiación con recursos propios de las operaciones comprendidas en el presente artículo, con o sin
garantía real a corto o largo plazo; por el aporte de capitales para negocios realizados o en vías de realizarse; por
préstamos en dinero con o sin garantía, con la constitución y transferencia de derechos reales; por la compraventa
de títulos públicos, acciones, papeles de comercio, créditos u otros valores mobiliarios; por la celebración de
contratos con sociedades o empresas, siempre que se trate de sociedades por acciones. Quedan excluidas las
operaciones y actividades comprendidas y reguladas por la ley de entidades financieras, que sólo podrán ser
ejercidas previa sujeción a ella y, en tal caso, previa autorización o aprobación de la autoridad de aplicación. E)
COMERCIALES: Operaciones comerciales de cualquier naturaleza, a cuyo efecto podrá comprar, vender, importar,
exportar, distribuir y representar, recibir y dar en consignación o actuar como comisionista de toda clase de bienes,
semovientes, inmuebles, materiales, servicios, mercaderías, máquinas, herramientas, materias primas elaboradas
o a elaborarse, interviniendo en negocios realizados, en trámite o a realizarse. Adquirir, explotar y/o transferir
marcas de fábrica y de comercio, patentes de diseño y/o invención. Crear o constituir y/o tomar participación en
el capital de otras sociedades, con respeto a las limitaciones que imponga la normativa en cada caso vigente. F)
FIDEICOMISOS Y MANDATOS: la actuación como fiduciaria mediante la celebración de contratos de fideicomiso
de cualquier clase, con la sola y única excepción de los fideicomisos financieros u otros que requieran del control o
autorización de la Comisión Nacional de Valores, para cualquier destino constituyéndose como fiduciaria, con todos
los derechos atribuciones y obligaciones que establece la legislación vigente; servicios fiduciarios, de custodia
de valores y bienes de terceros en general. Celebrar o aceptar contratos de fideicomisos en los que la sociedad
asuma el carácter de fiduciante, fiduciaria, beneficiaria o fideicomisaria, titular o substituto, o asumir varios roles
en forma simultánea o sucesiva siempre y cuando tales roles puedan desarrollarse simultánea o sucesivamente,
que tengan por objeto inmuebles, muebles, créditos, leasing o cualquier otro bien o valor susceptibles de ser
transferido en propiedad fiduciaria, en cualquiera de las modalidades que el contrato de fideicomiso pueda revestir;
la compra, venta, permuta, dación en pago, locación fraccionamiento y loteo, administración y explotación de
toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales, comerciales o particulares, pudiendo además tomar para la
administración, venta o comercialización bienes inmuebles de terceros que tengan relación con el objeto social;
la realización de todo clase de mandatos, comisiones, consignaciones o representaciones, con relación al objeto
social; recibir y otorgar préstamos con o sin garantía real para la ejecución de los actos que hacen a su objeto
social. Cualquiera de las actividades previstas en el objeto social, en la medida que así lo requieran, serán llevadas
a cabo por profesionales con título habilitante en la materia. En ese marco y para el cumplimento de sus fines, la
sociedad desarrollará su objeto según la respectiva incumbencia profesional, bajo la actuación, responsabilidad
y firma de cualquiera de sus dependientes y/o terceros profesionales contratados, conforme las respectivas
normas legales y reglamentarias que rigen a la materia, en función de la incumbencia particular del firmante.
La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero,
realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. 4. 99 años 5. $ 30.000.000. 1000 Acciones
ordinarias, nominativas, no endosables, VN $ 30.000 c/u y 1 voto c/u; Suscripción: Rodrigo MARTIN: 300, Facundo
MARTIN: 200, Paloma MARTIN: 200, Germán Daniel CHOTRO, Gabriela MENI BATTAGLIA, suscribe SESENTA,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.800 - Segunda Sección 13 Viernes 28 de noviembre de 2025
María Victoria COSTA TORRES, Tomás Martín MAFFONI y Pedro Agustín FALCKE, suscriben 60 acciones c/u.;
6. Administración: Directorio min 1, máx 3 titulares e igual o menor número de suplentes. Duración 3 ejercicios.
Representación: Presidente. 7. Sindicatura: Prescinde. 8. Ejercicio: 31/12. DIRECTOR TITULAR Y PRESIDENTE:
Rodrigo MARTIN y DIRECTOR SUPLENTE: María Alejandra SCHOO, argentina, casada, 20406314, 27204063147,
lic. Administración de empresas, 05/01/1969, Alto Peru 55, San Isidro, provincia Buenos Aires, ambos aceptaron
cargos y fijaron domicilio especial en la sede social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 132 de fecha
13/11/2025 Reg. Nº 1576
Florencia Carolina Samah - T°: 131 F°: 463 C.P.A.C.F.
e. 28/11/2025 N° 90238/25 v. 28/11/2025