N° 90333/25 Aviso del Boletín Oficial
VOL-PRO S.R.L.
Texto del aviso
VOL-PRO S.R.L.
CUIT 30718581342. Por escritura 1165, del 27-11-2025, folio 11308, Registro 284 de C.A.B.A., y en virtud de lo
resuelto por Acta de Reunión de socios del 01-10-2025 se resuelve: 1) trasladar la sede social de la calle Reconquista
1017, piso 4, departamento H, C.A.B.A. a la Avenida Cabildo 1370, oficina 302, de C.A.B.A. 2) Se modifica el
estatuto: 2.1. La cláusula CUARTA, por aumento de capital social de $ 30.000 a $ 225.030.000, por un aporte
de $ 225.000.000, modificándose la clausula por: CUARTA: El capital social es$ 225.030.000 (Pesos Doscientos
Veinticinco Millones Treinta Mil) dividido en 2.250.300 (Dos Millones Doscientas Cincuenta mil trescientas) cuotas
de $ 100 (Pesos Cien) valor nominal cada una. La suscripción de las cuotas queda conforme a este detalle: (i)
Verónica MAGNASCO, 1.125.150 cuotas de valor nominal $ 100 cada una, o sea equivalente por un total de capital
social de $ 112.515.000 (50%); y (ii) Matías FERRARI, 1.125.150 cuotas de valor nominal $ 100 cada una, o sea
equivalente por un total de capital social de $ 112.515.000 (50%). 2.2. La cláusula TERCERA, ampliando el objeto
social, para los nuevos negocios para actuar como Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) conforme
a la regulaciones de la Comisión General de Valores y la prestación de servicios de asesoramiento financiero,
quedando así redactada: TERCERA: La Sociedad tiene por objeto por objeto dedicarse por cuenta propia, de
terceros o asociados a terceros, a las siguientes actividades: 1) Proveer servicios de consultoría relacionado con
actividades de asesoramiento, marketing y venta de software como también de datos económicos y financieros,
provistos por entidades públicas o privadas en Argentina y en el Exterior; 2) Actuar como Proveedor de Servicios
de Activos Virtuales (PSAV): operar como proveedor de servicios de activos virtuales conforme a la normativa
aplicable, incluyendo: (i) el intercambio entre activos virtuales y monedas de curso legal, o entre activos virtuales;
(ii) la transferencia, administración y/o custodia de activos virtuales o de instrumentos que permitan control
sobre los mismos; (iii) la prestación de servicios financieros, comerciales y tecnológicos relacionados con las
operaciones anteriores; (iv) la emisión, comercialización y custodia de tokens, monedas digitales y demás formas
de activos digitales, incluyendo la participación en esquemas de comercialización o resguardo; 3) Prestación de
servicios asesoramiento financiero. Quedan excluidas aquellas prestaciones para las cuales se requiere título
habilitante y también aquellas operaciones que quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley
de Entidades Financieras. 2.3. La cláusula QUINTA, a efectos de adecuar a la normativa vigente la constitución
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.801 - Segunda Sección 40 Lunes 1 de diciembre de 2025
de las garantías de los administradores y omitiendo la designación de los gerentes en el texto del estatuto social.
Asimismo, se transcribe el texto ordenado de la sociedad. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 1165 de
fecha 27/11/2025 Reg. Nº 284
Enrique Fernandez Moujan - Matrícula: 4009 C.E.C.B.A.
e. 01/12/2025 N° 90333/25 v. 01/12/2025