N° 91324/25 Aviso del Boletín Oficial
ADSUS - ALMOÑO G Y ASOCIADOS S.A.
Texto del aviso
ADSUS - ALMOÑO G Y ASOCIADOS S.A.
CUIT 30-71117335-4.-
Asamblea general del 30-4-2025 reforman articulo tercero estatuto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por
cuenta propia, de terceros o en asociación con terceros, bajo cualquiera de las formas de contratación o asociación
previstas en la Ley General de Sociedades, tanto en la República Argentina como en el extranjero, a la prestación
de servicios electrónicos de pago y cobranzas por cuenta y orden de terceros. Esto incluye –sin limitación– el
cobro y pago de facturas de servicios públicos, impuestos, tributos, servicios comerciales, cuotas y cualquier otro
concepto de pago o cobro de dinero permitido por la normativa vigente y, en particular, por las disposiciones del
Banco Central de la República Argentina (BCRA). Asimismo, abarca aquellas modalidades de cobranza utilizadas
en forma análoga por los agentes oficiales de las empresas prestatarias de servicios mencionadas. Para el
cumplimiento de este objeto, la sociedad adecuará sus operaciones a las disposiciones del Sistema Nacional de
Pagos de la República Argentina y demás normas aplicables, pudiendo operar a través del mismo como uno de
los mecanismos habilitados para la prestación de sus servicios. En tal marco normativo, la sociedad observará
estrictamente las regulaciones vigentes del BCRA u otras autoridades competentes, realizando únicamente
aquellas operaciones y cobranzas que se encuentren autorizadas por dichos entes de control. En este contexto,
la sociedad podrá realizar cobranzas y pagos mediante plataformas digitales y sitios electrónicos, ya sean propios
o de terceros, con la participación tanto de entidades financieras bancarias como de entidades no bancarias.
Esto incluye la utilización de billeteras virtuales, pasarelas de pago, aplicaciones móviles y cualquier otro sistema
electrónico de pago disponible en el mercado, incluyendo plataformas de activos digitales o criptomonedas
(tales como exchanges de criptoactivos tipo Binance, Lemon, entre otros), siempre que dichas operaciones se
encuentren permitidas por la normativa vigente. Todo sistema de cobranza electrónico actualmente disponible o
que en el futuro se desarrolle en la plaza, brindando a la sociedad la flexibilidad para adaptarse a las innovaciones
en medios de pago.
Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha 30/04/2025
MARIA VICTORIA MARTINELLI PHILIPP - T°: 129 F°: 764 C.P.A.C.F.
e. 03/12/2025 N° 91324/25 v. 03/12/2025