N° 91991/25 Aviso del Boletín Oficial
BAFCO S.A.
Texto del aviso
BAFCO S.A.
CUIT 30-71614858-7.Insc.IGJ el 25/01/2018 Nº1707 Lº88, Tomo A, de Soc. por Acciones.Esc.Nº89 del 03/12/2025
Fº416 Reg. 166:1) Por Asamblea General Extraordinaria del 05/04/2024 se resolvió: a) modificar el artículo décimo
del estatuto, quedando así redactado: “ARTÍCULO DÉCIMO: DIRECTORIO: COMPOSICIÓN: “ARTÍCULO DÉCIMO:
DIRECTORIO: COMPOSICIÓN: a. La sociedad será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de dos o
cuatro miembros, según lo resuelva la Asamblea General Ordinaria.- Durarán en su cargo tres ejercicios, pudiendo
ser reelectos indefinidamente.- La elección de los directores se efectuará por clases de acciones, correspondiendo
a la Clase A y a la Clase B la elección por partes iguales de los directores titulares.- La presidencia recaerá
alternando mandatos en un director elegido por la Clase A y en un director elegido por la Clase B, correspondiendo
a la clase que no eligió Presidente el derecho a designar al Vicepresidente en la misma oportunidad.- En el caso
que, conforme lo establecido en el artículo sexto precedente, se hubiesen emitido acciones pertenecientes a la
Clase C con derecho a voto, sus tenedores podrán votar dentro de la Clase A o de la Clase B según se estipule
al momento de la emisión de las acciones de la Clase C.- b. Cada clase podrá designar suplentes en igual o
menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar, en el orden de su elección, las vacantes que
se produzcan en el Directorio.- La designación de al menos un Director Suplente será obligatoria mientras la
sociedad no cuente con Sindicatura.- Ante cualquier impedimento o ausencia, temporal o definitiva, los suplentes
reemplazarán, en el orden de su designación, al o a los titulares elegidos por su misma clase.- El suplente se puede
incorporar a las reuniones del Directorio ante la mera ausencia de un Director titular -y de los suplentes que lo
preceden en el orden de elección, si los hubiere- con la previa autorización del órgano correspondiente emitida en
forma fehaciente.- Ante cualquier impedimento o ausencia, temporal o definitiva, de todos los directores titulares y
suplentes de una clase, se incorporarán al Directorio los suplentes de la otra clase -en número suficiente para que
haya quórum y el Directorio pueda funcionar- al único efecto de convocar a la asamblea de accionistas de la clase
para efectuar las designaciones necesarias en el mismo número de directores titulares y suplentes determinado
en la asamblea que eligió a los directores respecto de los cuales se produjo la vacancia.- c. En caso de vacancia
total del Directorio, el Síndico, si estuviere designado, nombrará un Directorio que ejercerá sus funciones hasta
que la asamblea designe al nuevo Directorio.- d. Si los tenedores de una clase no designaran directores luego de
fracasar tres asambleas convocadas al efecto dejando acéfala la administración de la sociedad, se convocará a una
asamblea general de accionistas quienes designarán a los directores faltantes por mayoría de los votos presentes
con el quórum previsto en la Ley General de Sociedades para las asambleas ordinarias y en la que participarán los
tenedores de todas las clases de acciones con sus votos respectivos.- De la misma forma se procederá cuando
las asambleas de la clase de acciones que por turno corresponda no procedan a la designación del Presidente y
del Vicepresidente de la sociedad, después de tres reuniones consecutivas, en cuyo caso lo hará directamente la
asamblea general del mismo modo expresado precedentemente.- Si se hubieran emitido acciones preferidas sin
derecho a voto y adquirieran transitoriamente ese derecho, sus tenedores podrán votar dentro de la Clase A o de
la Clase B según se haya estipulado al momento de la emisión de dichas acciones preferidas.- e. Los directores
deberán prestar una garantía en los términos de la Resolución General número 15/2024 de la Inspección General
de Justicia y sus modificatorias.- f. La mayoría absoluta de los directores deben tener domicilio real en la República
Argentina.- Todos los directores deben constituir un domicilio especial en el país en los términos del artículo 256 in
fine de la Ley General de Sociedades.- g. El Directorio se reunirá por lo menos una vez cada tres meses.- Además
se reunirá por convocatoria del Presidente o, en su caso, del Vicepresidente, cuando lo reemplace.- También
deberá reunirse a pedido de cualquier Director o del Síndico.- En estos últimos supuestos, la convocatoria deberá
ser hecha por el Presidente para reunirse dentro del quinto día de recibido el pedido.- En su defecto podrá convocar
cualquiera de los Directores o el Síndico.- En todos los casos la convocatoria deberá indicar el temario a tratar.- h.
El quórum para sesionar será de la mayoría absoluta de los miembros del Directorio.- Los directores deberán ser
citados por escrito en el domicilio que hubieren constituido en la sociedad con una antelación razonable, según
las circunstancias.- Será válida una notificación por telefax.- Si hubiere quórum con los presentes, los directores
ausentes pueden hacerse representar por otro director.- i. Las resoluciones del Directorio se adoptarán por
mayoría absoluta de los miembros presentes o válidamente representados y serán vertidas en actas transcriptas
en un Libro de Actas de Directorio.- En caso de empate, el Presidente tiene derecho a la emisión de doble voto.- j.
La asamblea fija la remuneración del Directorio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 261 de la Ley General de
Sociedades.- k. La remoción de uno o más directores es facultad privativa de la clase que los eligió, salvo los casos
de los artículos 264 y 276 de la Ley General de Sociedades.- La asamblea general, sin distinción de clases, podrá
remover a todos los directores simultáneamente, pero no a uno o más directores determinados, salvo remoción
con justa causa.- “ y; b) Renovar el Directorio, con mandato por 3 ejercicios: PRESIDENTE: Alejandro Guillermo
NEBBIA(Clase A);VICEPRESIDENTE: Guillermo Agustín Francisco NEBBIA(Clase B);y DIRECTORES SUPLENTES:
Francisco Leonardo DENEGRI(Clase A); y Germán Leonardo PARENTE(Clase B),todos con domicilio especial en
Correa 3165 CABA. Y, c) Aceptar la renuncia de los Directores: Directorio cesante: Alberto Arturo Pigino (Clase
B);Alejandro Guillermo Nebbia (Clase A), Federico Pigino(Clase A), Francisco Leonardo Denegri(Clase B), y Germán
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.804 - Segunda Sección 6 Jueves 4 de diciembre de 2025
Leonardo PARENTE (Clase B) -todos por renuncia y domicilio especial en Correa 3165 CABA-.- Y 2. Por reunión de
Directorio del 02/07/2025 se fijó nueva sede social: calle Pareja 3802 Piso 3 CABA.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 89 de fecha 03/12/2025 Reg. Nº 166
Ricardo Alberto Paurici - Matrícula: 2433 C.E.C.B.A.
e. 04/12/2025 N° 91991/25 v. 04/12/2025