N° 93991/25 Aviso del Boletín Oficial
FLEXI BOX S.R.L.
Texto del aviso
FLEXI BOX S.R.L.
CUIT 30-71911609-0 Se protocolizó: la Reunion de Socios del 10/10/2025, que aprobó la REFORMA del Art. 3º
del Contrato Social que quedó redactado como sigue: OBJETO. ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por
objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes
actividades: a) INMOBILIARIA: La compra, venta, permuta, fraccionamiento, loteo, administración, administración
de consorcios, explotación, desarrollo, remodelación, locación y/o sublocación, ya sea como locador o locatario,
de inmuebles urbanos, rurales, incluso operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre la
propiedad horizontal. b) MANDATO Y SERVICIOS: Realización de mandatos, representaciones, comisiones y
consignaciones, administración y prestación de servicios de asesoramiento legal, industrial, comercial, financiero
y agropecuario. c) COMERCIAL: (i) Compra, venta o alquiler de bienes muebles e inmuebles o celebración de
contratos de leasing necesarios para la consecución del objeto social de la sociedad. (ii) Participar en todo tipo
de concurso o licitación, sea público o privado, nacional o internacional, provincial o municipal, relacionado con
las actividades del objeto social de la sociedad. d) MANDATARIA: El ejercicio de mandato, representaciones,
comisiones, consignaciones y administraciones de bienes y negocios, capitales y empresas en general, incluso el
cumplimiento de toda clase de mandatos en las condiciones permitidas por las leyes y reglamentaciones vigentes.
e) FINANCIERA: La participación mediante aporte de capitales a personas, empresas o sociedades existentes o
a constituirse, como asimismo la inversión en negocios, el otorgamiento de préstamos a corto, mediano o largo
plazo, el otorgamiento y la aceptación de garantías reales o personales, avales y fianzas para la concertación de
operaciones realizadas o a realizarse, así como la compraventa y negociación de títulos, acciones, debentures y
toda clase de valores mobiliarios y papeles de créditos en cualquiera de las modalidades vigentes creadas o a
crearse en el futuro y la realización de toda clase de operaciones financieras con excepción de las comprendidas
en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. f) CONSTRUCTORA: (i) El estudio,
diseño, planificación, contratación, realización, construcción, financiación, explotación y administración de
negocios de infraestructura y la ejecución de todas las actividades y obras propias de la ingeniería y la arquitectura
en todas sus manifestaciones, modalidades y especialidades, en el país o en el exterior. (ii) Construcción y
mantenimiento de edificaciones tales como, edificios, viviendas, oficinas, hoteles, hospedajes, colegios, escuelas,
hospitales, fábricas, depósitos. Queda excluido el asesoramiento que en virtud de la materia haya sido reservado
a profesionales con título habilitante según las respectivas reglamentaciones. A tales efectos la sociedad tendrá
plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén
prohibidos por las leyes o por el presente estatuto. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 445 de fecha
10/12/2025 Reg. Nº 77
Pablo Emilio Homps - Matrícula: 2745 C.E.C.B.A.
e. 12/12/2025 N° 93991/25 v. 12/12/2025