N° 94659/25 Aviso del Boletín Oficial
IFYED INSTITUTO DE FORMACIÓN Y EDUCACIÓN A DISTANCIA S.A.
Texto del aviso
IFYED INSTITUTO DE FORMACIÓN Y EDUCACIÓN A DISTANCIA S.A.
30-71479088-5. Por Asamblea del 12/09/25 se resuelve: 1) Cambio de denominación a LYF DESARROLLOS S.A.
que será continuadora IFyED INSTITUTO DE FORMACION Y EDUCACION A DISTANCIA S.A. reformando Art. 1
del Estatuto. 2) Fijar sede social en Lavalle 1447 Piso 5 Depto L CABA. 3) Aceptar renuncia y gestión de Presidente:
Leandro Gabriel Suigo y Suplente: Maximiliano Ariel Bedoya, designando por 3 ejercicios: Presidente: Mauricio
Jorge Lambiris Bonello y Suplente: Leandro Alejandro Feldmann. Aceptan cargos y constituyen domicilio especial
en la nueva sede. 4) Modificar el Objeto reformando Art 3 del Estatuto: a) FINANCIERA e INVERSORA: mediante
aportes de capital a personas, empresas o sociedades, para operaciones realizadas o a realizarse. Otorgamiento
de préstamos a intereses y financiaciones y créditos en general, con o sin garantía. Constitución y otorgamiento
de hipotecas, prendas y otras garantías reales. Compra, venta y negociación de títulos, debentures, obligaciones
negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades
creadas o a crearse. Contraer préstamos con entidades financieras, banca oficial, privada, mixtas, del país o
extranjero. Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y otras que requieran
el concurso público. Funcionar como agencia de cambio de acuerdo a la normativa sobre operadores de cambio
que establezca el Banco Central de la República Argentina. b) INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA: la compraventa
de inmuebles, urbanos y rurales, inclusive bajo el régimen de la ley de propiedad horizontal, la realización de tareas
de intermediación, la celebración de contratos de locación, la administración de inmuebles propios o de terceros,
inclusive de consorcios de propietarios, la compraventa, administración y/o urbanización de loteos y la realización
de fraccionamientos de cualquier índole, la ejecución de desarrollos inmobiliarios de cualquier índole, mediante
las figuras admitidas por la legislación argentina, edificación, construcción, mantenimiento y/o remodelación de
obras civiles o industriales, en terrenos propios o de terceros, y locación de obras. c) COMERCIAL: Mediante la
comercialización, compra, venta y/o permuta, administración, importación, exportación, producción, fabricación,
elaboración, distribución, fraccionamiento, procesamiento, consignación, leasing, representación y cualquier otro
tipo de transacción comercial por mayor y menor de productos, mercaderías, materias primas, insumos, bienes
de capital, bienes de consumo, productos semielaborados y elaborados, de origen nacional o extranjero, sin
limitación alguna en cuanto a su naturaleza o especie, ya sea en establecimientos propios o de terceros. Ello incluye,
entre otros y sin limitarse, productos agropecuarios, industriales, tecnológicos, textiles, químicos, farmacéuticos,
alimenticios, bebidas, maquinarias, equipos, herramientas, vehículos, repuestos, neumáticos, artículos del hogar,
artículos de ferretería, juguetería, materiales de construcción, combustibles, comunicaciones, espectáculos,
industria manufacturera, inmobiliaria y construcción.; establecimiento y explotación de garajes de vehículos, en
superficie y/o cubiertos y/o subterráneos, ya sea en inmuebles propios y/o de terceros. d) REPRESENTACIONES
Y MANDATOS: Mediante el ejercicio de comisiones, mandatos y representaciones para empresas incluyendo
las de intermediación para terceros mandantes, representados por la sociedad o mandatarios representantes
de la sociedad. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o
indirectamente con su objeto social o que tiendan a facilitar o promover su cumplimiento, que no sean prohibidos
por las leyes o por este contrato. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales
con título habilitante será realizada por medio de estos. Asimismo, según el tipo de producto que se trate, se
tramitaran las habilitaciones, autorizaciones y/o licencias especiales requeridas para su comercialización ante los
organismos de control correspondientes (ANMAT, SENASA, entre otros). e) FIDEICOMISOS: Suscribir contratos
de fideicomiso, excluyendo los fideicomisos financieros, actuando como Fiduciante o Fiduciario en un todo de
acuerdo y cumplimentando los dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación, normas complementarias
y/o modificatorias y los términos de los contratos de fideicomiso. Las actividades que así lo requieran serán
desarrolladas por profesionales con título habilitante. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos y contraer obligaciones, y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
estatuto. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 12/09/2025
Patricia Adriana Minniti - T°: 108 F°: 935 C.P.A.C.F.
e. 15/12/2025 N° 94659/25 v. 15/12/2025