W20 Argentina W20Argentina

N° 94659/25 Aviso del Boletín Oficial

IFYED INSTITUTO DE FORMACIÓN Y EDUCACIÓN A DISTANCIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 15 de diciembre de 2025

Texto del aviso

IFYED INSTITUTO DE FORMACIÓN Y EDUCACIÓN A DISTANCIA S.A.

30-71479088-5. Por Asamblea del 12/09/25 se resuelve: 1) Cambio de denominación a LYF DESARROLLOS S.A.

que será continuadora IFyED INSTITUTO DE FORMACION Y EDUCACION A DISTANCIA S.A. reformando Art. 1

del Estatuto. 2) Fijar sede social en Lavalle 1447 Piso 5 Depto L CABA. 3) Aceptar renuncia y gestión de Presidente:

Leandro Gabriel Suigo y Suplente: Maximiliano Ariel Bedoya, designando por 3 ejercicios: Presidente: Mauricio

Jorge Lambiris Bonello y Suplente: Leandro Alejandro Feldmann. Aceptan cargos y constituyen domicilio especial

en la nueva sede. 4) Modificar el Objeto reformando Art 3 del Estatuto: a) FINANCIERA e INVERSORA: mediante

aportes de capital a personas, empresas o sociedades, para operaciones realizadas o a realizarse. Otorgamiento

de préstamos a intereses y financiaciones y créditos en general, con o sin garantía. Constitución y otorgamiento

de hipotecas, prendas y otras garantías reales. Compra, venta y negociación de títulos, debentures, obligaciones

negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades

creadas o a crearse. Contraer préstamos con entidades financieras, banca oficial, privada, mixtas, del país o

extranjero. Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y otras que requieran

el concurso público. Funcionar como agencia de cambio de acuerdo a la normativa sobre operadores de cambio

que establezca el Banco Central de la República Argentina. b) INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA: la compraventa

de inmuebles, urbanos y rurales, inclusive bajo el régimen de la ley de propiedad horizontal, la realización de tareas

de intermediación, la celebración de contratos de locación, la administración de inmuebles propios o de terceros,

inclusive de consorcios de propietarios, la compraventa, administración y/o urbanización de loteos y la realización

de fraccionamientos de cualquier índole, la ejecución de desarrollos inmobiliarios de cualquier índole, mediante

las figuras admitidas por la legislación argentina, edificación, construcción, mantenimiento y/o remodelación de

obras civiles o industriales, en terrenos propios o de terceros, y locación de obras. c) COMERCIAL: Mediante la

comercialización, compra, venta y/o permuta, administración, importación, exportación, producción, fabricación,

elaboración, distribución, fraccionamiento, procesamiento, consignación, leasing, representación y cualquier otro

tipo de transacción comercial por mayor y menor de productos, mercaderías, materias primas, insumos, bienes

de capital, bienes de consumo, productos semielaborados y elaborados, de origen nacional o extranjero, sin

limitación alguna en cuanto a su naturaleza o especie, ya sea en establecimientos propios o de terceros. Ello incluye,

entre otros y sin limitarse, productos agropecuarios, industriales, tecnológicos, textiles, químicos, farmacéuticos,

alimenticios, bebidas, maquinarias, equipos, herramientas, vehículos, repuestos, neumáticos, artículos del hogar,

artículos de ferretería, juguetería, materiales de construcción, combustibles, comunicaciones, espectáculos,

industria manufacturera, inmobiliaria y construcción.; establecimiento y explotación de garajes de vehículos, en

superficie y/o cubiertos y/o subterráneos, ya sea en inmuebles propios y/o de terceros. d) REPRESENTACIONES

Y MANDATOS: Mediante el ejercicio de comisiones, mandatos y representaciones para empresas incluyendo

las de intermediación para terceros mandantes, representados por la sociedad o mandatarios representantes

de la sociedad. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o

indirectamente con su objeto social o que tiendan a facilitar o promover su cumplimiento, que no sean prohibidos

por las leyes o por este contrato. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales

con título habilitante será realizada por medio de estos. Asimismo, según el tipo de producto que se trate, se

tramitaran las habilitaciones, autorizaciones y/o licencias especiales requeridas para su comercialización ante los

organismos de control correspondientes (ANMAT, SENASA, entre otros). e) FIDEICOMISOS: Suscribir contratos

de fideicomiso, excluyendo los fideicomisos financieros, actuando como Fiduciante o Fiduciario en un todo de

acuerdo y cumplimentando los dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación, normas complementarias

y/o modificatorias y los términos de los contratos de fideicomiso. Las actividades que así lo requieran serán

desarrolladas por profesionales con título habilitante. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos y contraer obligaciones, y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este

estatuto. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 12/09/2025

Patricia Adriana Minniti - T°: 108 F°: 935 C.P.A.C.F.

e. 15/12/2025 N° 94659/25 v. 15/12/2025