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N° 95234/25 Aviso del Boletín Oficial

SCFC SECURITY S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 17 de diciembre de 2025

Texto del aviso

SCFC SECURITY S.R.L.

CUIT 30-71675823-7. Por acta reunión de socios del 17/11/2025 se reformó artículo TERCERO del estatuto social,

el que quedó redactado de la siguiente manera: “TERCERA: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta

propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: en C.A.B.A. actuará conforme la Ley local

N.º 5688 y la Ley Nacional N.º 26.370 y las que en el futuro las modifiquen o complementen. En Pcia. Bs.As. se

dedicará a las actividades autorizadas por Art. 2º de la Ley Pcial. 12.297 y las que en el futuro se modifiquen o

complementen: a) Vigilancia y protección de bienes; b) Escolta y protección de personas; c) Transporte, custodia y

protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales; d) Vigilancia y protección

de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas; e)

Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o desincriminar a una persona siempre que exista

una persecución en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en virtud

de interés legítimo en el proceso penal.- En concordancia con lo anterior expuesto, podrá además, realizar las

siguientes actividades: brindar servicios de seguridad física; de mercaderías, de objetos y de personas en tránsito,

servicios de seguridad vip, prestando esos servicios con personal armado o no. La prestación de servicios de

seguridad electrónica, compra, venta, importación, exportación e instalación de sistemas y medios tecnológicos

de seguridad, monitoreo de CCTV, alarmas y videovigilancia, rastreo satelital de personas y/o bienes, y/o servicios

de auditoría, investigaciones y/o consultoría. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a

profesionales con título habilitante será realizada por medio de estos. En las demás provincias a brindar todos

los servicios de seguridad privada, previo cumplimiento de los requisitos normativos establecidos por cada

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.812 - Segunda Sección 41 Miércoles 17 de diciembre de 2025

provincia, para la prestación de servicios de seguridad privada. En el extranjero podrá brindar los mismos servicios

establecidos para la República Argentina, previa adecuación a la normativa vigente de cada país. A tales fines,

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos aquellos

actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato social.” Autorizado según instrumento privado Acta

de Reunión de Socios de fecha 17/11/2025

Santiago Jose Miani - T°: 122 F°: 881 C.P.A.C.F.

e. 17/12/2025 N° 95234/25 v. 17/12/2025