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N° 95668/25 Aviso del Boletín Oficial

LICI GROUP S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 18 de diciembre de 2025

Texto del aviso

LICI GROUP S.A.

CUIT 30-71053981-9. Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 20 del 30/09/2025, se designa

Presidente: Lara Vanesa Console Dezza y Director Suplente: Susana Raquel Del Barba. Ambas con domicilio

especial en Guayaquil 787, Piso 7, departamento “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Han cesado en sus cargos

por vencimiento del mandato: Director Titular y Presidente: Pablo Hernán Gonzalez y Director Suplente: Lara Vanesa

Console Dezza. Asimismo, por la mencionada acta del 30/09/2025, la sociedad procedió a la reforma de los artículos

tercero y octavo de su estatuto social, los cuales luego de sus modificaciones, dicen: “ARTICULO TERCERO: La

Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros o subcontratando a

terceros, las siguientes actividades: a.- INMOBILIARIA: Operaciones inmobiliarias, compraventa, permuta, alquiler,

arrendamiento de propiedades inmuebles, por cualquiera de los regímenes de propiedad vigentes en su momento,

así como también toda clase de operaciones inmobiliarias incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de

parcelas destinadas a la vivienda, urbanización, clubes de campo, propiedad horizontal y parques industriales,

pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. También podrá dedicarse a la

administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros; b) CONSTRUCTORA: Construcción de toda clase

de obras y viviendas por cualesquiera de los regímenes de propiedad vigentes en su momento; c) FINANCIERA:

Financiar las operaciones indicadas en los incisos a) y b) ya sea mediante recursos propios o de terceros, con y sin

garantías reales o personales; negociación de títulos, acciones, y otros valores mobiliarios, y realizar operaciones

financieras en general. Quedan excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que

requiera el concurso del ahorro público; d) MANDATARIA: El ejercicio de representaciones, comisiones, mandatos

y consignaciones que se relacionen específicamente con su objeto social; y e) FIDUCIARIA: Actuar como fiduciaria

de fideicomisos públicos o privados dentro de negocios que estén vinculados al objeto social. Las actividades

que así los requieran serán desarrolladas por profesionales con título habilitante”, y “ARTICULO OCTAVO:

DIRECTORIO: La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo del Directorio integrado por uno a tres

titulares como máximo, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán

al Directorio por el orden de su designación. El término de su elección es de tres ejercicios. La Asamblea fijará el

número de directores, así como su remuneración. El directorio sesiona con la mayoría absoluta de sus miembros

titulares y resuelve por mayoría absoluta de los presentes. En caso de empate el presidente desempata votando

nuevamente. En su primera reunión designará un presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar

un vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento. En garantía de sus funciones los directores

titulares constituirán una garantía, conforme lo establecido en la resolución IGJ 15/2024. El Directorio tiene amplias

facultades de administración y disposición, incluyendo las que requieren poderes especiales a tenor del artículo

375 inc. e) al m) del Código Civil y Comercial. Podrá especialmente operar con toda clase de bancos, compañías

financieras, o entidades crediticias oficiales o privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales,

de administración u otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir de denuncias,

querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a

la Sociedad. La representación legal de la Sociedad corresponde al presidente del Directorio o al vicepresidente

en su caso. Mientras la Sociedad no tenga Sindicatura, obligatoriamente deberá cubrirse el cargo de directores

Suplentes”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 215 de fecha 30/10/2025 Reg. Nº 2023

Oscar Daniel Cesaretti - Matrícula: 3464 C.E.C.B.A.

e. 18/12/2025 N° 95668/25 v. 18/12/2025