N° 96739/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL NRO. 11 - SECRETARÍA NRO. 21 -
Se hace saber que con fecha 19 de diciembre de 2025, en el marco de la causa Nro CAF 39.475/2025 caratulada
“CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Y OTROS c/ EN - PEN - DTO 759/25 s/AMPARO LEY 16.986” que
tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 11 a cargo
del Dr. Martin Cormick, Secretaria Nº 21 a cargo de la Dra. Ángeles Paulina Segura, sito en la calle Carlos Pellegrini
685, Piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha ordenado lo que a continuación en su parte pertinente
se transcribe: Buenos Aires, 18 de diciembre de 2025: En estricta observancia de las premisas establecidas por
la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en las Acordadas Nros. 32/14 y 12/16, y atento al estado de la causa,
publíquese edictos por SECRETARÍA por un (1) día en el Boletín Oficial y por un (1) en la tabilla del Juzgado; a fin
de comunicar a toda persona —así como también a las asociaciones y/o organizaciones— que pudieran tener un
interés en el resultado del litigio, la existencia de esta acción de amparo colectivo y la facultad de comparecer o
excluirse del mismo dentro del plazo de dos (2) días hábiles judiciales. La sentencia referida manifiesta: Sentencia
de fecha 10/12/2025: Y VISTOS; CONSIDERANDO (...) Por lo expuesto, RESUELVO: I) Ordenar la inscripción
de estos autos en el Registro de Procesos Colectivos. A fin de efectivizar dicha su inscripción corresponde
precisar, en conformidad con lo previsto en el punto V de la Acordada nro. 12/16, que: II) El colectivo involucrado,
conforme lo expone la parte actora en su demanda, está integrado por los docentes, no docentes, investigadores
y alumnos de todas la universidades públicas nacionales. III) El sujeto demandado es el Estado Nacional-Poder
Ejecutivo Nacional-. IV) El objeto de la pretensión de autos consiste en que ‘se declare la inconstitucionalidad del
del decreto 759/2025 del Poder Ejecutivo Nacional, que dispone que la Ley de Financiamiento de la Educación
Universitaria y Recomposición del Salario Docente (N° 27.795, en adelante ‘LFEU’), ‘solo puede ser ejecutada
por el Poder Ejecutivo Nacional una vez que se determinen las fuentes específicas para su financiamiento y se
incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general’ y, como consecuencia de dicha declaración de
inconstitucionalidad, se ordene ‘...al PEN el cumplimiento inmediato de la ley, la provisión de los fondos necesarios
para el funcionamiento de las universidades nacionales y el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias
que fueren necesarias a tal fin’ (…) Regístrese y notifíquese por Secretaría. Firmado: MARTIN CORMICK. Juez
Federal. Diego Martín Cormick Juez - Diego Martín Cormick Juez Federal
e. 22/12/2025 N° 96739/25 v. 22/12/2025