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N° 96319/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 24

Edictos Judiciales miércoles, 24 de diciembre de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 24

El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 12 a cargo del Dr. Hernán D. Papa, Sec. N° 24 interinamente a

mi cargo, sito en M. T. de Alvear 1840 PB, CABA, hace saber por cinco días en los autos “IHUMANITY S.R.L. s/

QUIEBRA” (Exp. Nro. 19380/2025) se decretó la quiebra de IHUMANITY S.R.L. (CUIT 30-71889508-8) inscripta en

el Registro Público de Comercio a cargo de la Inspección General de Justicia bajo el Nro. 2071 del Lº175 con fecha

20.03.25), domiciliada en la calle Sarmiento N° 1712 de la ciudad de Buenos Aires, fijándose el siguiente cronograma:

hasta el 6.03.26 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con

toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 19380/2025/1, a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento

a lo dispuesto con fecha 9.12.25 a lo que se remite (v. pto. II ap. “i”). En tal inc. deberán también formularse

digitalmente las observaciones a que alude el art. 34 LCQ y sus contestaciones, según lo autorizado en dicho

decisorio. El arancel previsto por el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta identificada con

CBU 19100315-55103100947249 de titularidad de Mariela Gaspari (CUIT 27276166919). A los fines de presentar

su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no cuente con asistencia letrada deberán solicitar

turno a la sindicatura Mariela Gaspari -con domicilio Maipu 388 7° E, CABA y tel. 1140570710 mediante email

a margaspo17@gmail.com y a tal fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el pto. II “i” del

decisorio de fecha 9.12.25 a lo que se remite. El síndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los

días 17.04.26 y 1.06.26 respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 4.05.26. La audiencia

de explicaciones se llevará a cabo el 27.05.26 a las 10 hs. Se intima a los terceros para que entreguen al síndico los

bienes del deudor que tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de

declararlos ineficaces. Buenos Aires, 15 de diciembre de 2025. HERNAN DIEGO PAPA Juez - RICARDO DANIEL

ZMUDA SECRETARIO

e. 19/12/2025 N° 96319/25 v. 26/12/2025