N° 98469/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo del Dr. Javier Cosentino, Sec. N° 17 a mi cargo,
sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 18.12.25 en los autos
“YONADI S.A.C.I.F.I.A. S/QUIEBRA” (Exp. Nro. 10537/2025) se decretó la quiebra de YONADI S.A.C.I.F.I.A. (CUIT
30-54744433-3) con domicilio en la calle Jose Enrique Rodo N° 6643 de esta ciudad inscripta en el Registro
Público de Comercio a cargo de la Inspección General de Justicia bajo el nro. 1915 del L° 250 T° 74 del libro de
sociedades con fecha 11.06.71. Hasta el 1.4.26 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente
sus insinuaciones junto con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 1, a cuyo fin deberán dar estricto
cumplimiento a lo dispuesto con fecha 18.12.25 a lo que se remite (v. pto. II ap. “i”). En tal inc. deberán también
formularse digitalmente las observaciones que se formulen en los términos del art. 34 LCQ y sus contestaciones
según lo autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto en el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia
a la cuenta identificada con CBU 0150835001000000012077 de titularidad de Raúl Miguel Di Santo (CUIT 20-
08499684-0). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no cuenten
con asistencia letrada deberán solicitar turno a la síndicatura Estudio DI SANTO - FAZIO - FRUMENTO BOUILLET
-con domicilio en la calle Santa Fe 2274 Piso 9 Of. “C” CABA y tel. -011-15-4144-9636- mediante el envío de mail
a la dirección yonadiquiebra2025@gmail.com. A tal fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas
en el pto. II ap. “i” del decisorio de fecha 18.12.25 a lo que se remite. La síndicatura presentará los informes que
disponen los arts. 35 y 39 los días 18.5.26 y 2.7.26 -respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio
vence el 3.6.26. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el 22.6.26 a las 11:00 hs. en la sala de audiencias
del tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su
poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese
al deudor y a sus administradores para que dentro de las 48 hs. cumplan los requisitos a previstos por el art.
86 LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido
en los estrados del Juzgado. Buenos Aires, 26 de diciembre de 2025.- JAVIER COSENTINO Juez - CLAUDIO
MARJANOVIC TELEBAK SECRETARIO
e. 30/12/2025 N° 98469/25 v. 06/01/2026