N° 21/26 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA. Y 1RA. NOMINACIÓN
Texto del aviso
JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA. Y 1RA. NOMINACIÓN
EN LO CIVIL, COMERCIAL Y FAMILIA - SECRETARÍA
NRO. 1 - SAN FRANCISCO - CÓRDOBA
Por orden del Sr. Juez de 1ª Inst. y 1ª Nom. en lo Civil, Com. y Fam., Sec. N° 1, de la Cdad. De San Francisco, Prov.
De Cba., a cargo de la Dra. CASTELLANI Gabriela Noemí - JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA, se hace saber que en los
autos caratulados “EL GUAYMALLÉN S.A. - CONCURSO PREVENTIVO” (Expte. 14184856), por Sentencia N° 79,
de fecha 11/11/2025, se dispuso la apertura del concurso preventivo de acreedores de “EL GUAYMALLÉN S.A.”
(CUIT 30- 70919728-9), inscripta en el Registro Público de Comercio, Protocolo de Contratos y Disoluciones en la
Matrícula N° 5255-A del Año 2005, con domicilio social en calle Sarmiento N° 628 de la ciudad de Arroyito, Dpto.
San Justo, Provincia de Córdoba.- En dichos autos se ordenó la publicación de Edictos en el Boletín Oficial de la
Nación por el término de cinco días y estableció como fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos
de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura el día trece de mayo de 2026. Asimismo se hace saber que
resultaron designados Síndicos los Contadores Públicos Alberto Federico Gerónimo Misino, Mat. 10-10390- 6,
domicilio Avellaneda 700, Ciudad de San Francisco, y Federico Alfonso Devalli, Mat. 10-18089-9, con domicilio
en 9 de Julio 1055, Ciudad de San Francisco, quienes aceptaron el cargo. Los pedidos de verificación deberán
realizarse en soporte digital (PDF) –tamaño de los archivos no superiores a los 5MB cada uno; deberán identificar
al peticionante y estar enumerados por ejemplo 1 de 5; 2 de 5, etc.-, conjuntamente con la documentación
escaneada de manera legible y ordenada cronológicamente en la misma secuencia mencionada en la solicitud;
la documentación original debe mantenerse en poder del presentante, pudiendo ser requerida por la sindicatura
en cualquier momento por cualquier vía – presencial, digtal o videollamada; deberá remitirse a la casilla de correo
electrónico correspondiente: elguaymallenverificacion@gmail.com; debiendo el peticionante consignar su número
de teléfono de contacto, domicilio procesal y electrónico –email-, a los cuales se le podrán cursar válidamente
todas las notificaciones relativas a la presente causa; deberán acompañar copia de DNI y/o constancia de CUIT,
con su documentación que acredita la personalidad que invoque en caso de personas humanas y los elementos
que acrediten la representación en caso de personas jurídicas y/o existencia del ente; y para el supuesto de
corresponder, el arancel del art. 32, LCQ deberá depositarse en la caja de ahorros perteneciente al síndico
(ALIAS: ESTUDIO.MISINO), de titularidad de Alberto Federico Gerónimo Misino, CUIT 20-21967197-1 y adjuntar
comprobante de pago en el pedido verificatorio. Fdo. LAVARDA, Silvia Raquel – SECRETARIA 1RA. INSTANCIA.
e. 05/01/2026 N° 21/26 v. 09/01/2026