N° 737/26 Aviso del Boletín Oficial
B&M AGENCIA MARÍTIMA S.A.S.
Texto del aviso
B&M AGENCIA MARÍTIMA S.A.S.
CUIT: 30-71631314-6. Por Asamblea de Accionistas de fecha 26/11/2025, se resolvió: (a) reformar el artículo
séptimo del estatuto social conforme el siguiente texto: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Órgano de administración. La
administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo
número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La
administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuera plural, la
administración y representación legal de la sociedad será ejercida por al menos dos (2) administradores actuando
en forma conjunta. Los administradores duran en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca
de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en
el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley confiere a los órganos
sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración
fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán
por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su
recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse
medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta
rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley N° 27.349. Las resoluciones se adoptarán por
mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar
sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad
de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al
Libro de Actas. La representación legal de la sociedad -en caso de que la misma sea plural- será ejercida por al
menos dos (2) administradores actuando conjuntamente quienes obligan a ésta por todos los actos que no sean
notoriamente extraños al objeto social.”; y (b) aprobar el nuevo texto ordenado del estatuto social. Autorizado
según instrumento privado Acta de Asamblea de Accionistas de fecha 26/11/2025 Christian Fleischer - T°: 35 F°:
832 C.P.A.C.F.
e. 08/01/2026 N° 737/26 v. 08/01/2026