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N° 737/26 Aviso del Boletín Oficial

B&M AGENCIA MARÍTIMA S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES jueves, 8 de enero de 2026

Texto del aviso

B&M AGENCIA MARÍTIMA S.A.S.

CUIT: 30-71631314-6. Por Asamblea de Accionistas de fecha 26/11/2025, se resolvió: (a) reformar el artículo

séptimo del estatuto social conforme el siguiente texto: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Órgano de administración. La

administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo

número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La

administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuera plural, la

administración y representación legal de la sociedad será ejercida por al menos dos (2) administradores actuando

en forma conjunta. Los administradores duran en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca

de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en

el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley confiere a los órganos

sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración

fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán

por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su

recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse

medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta

rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley N° 27.349. Las resoluciones se adoptarán por

mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar

sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad

de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al

Libro de Actas. La representación legal de la sociedad -en caso de que la misma sea plural- será ejercida por al

menos dos (2) administradores actuando conjuntamente quienes obligan a ésta por todos los actos que no sean

notoriamente extraños al objeto social.”; y (b) aprobar el nuevo texto ordenado del estatuto social. Autorizado

según instrumento privado Acta de Asamblea de Accionistas de fecha 26/11/2025 Christian Fleischer - T°: 35 F°:

832 C.P.A.C.F.

e. 08/01/2026 N° 737/26 v. 08/01/2026