N° 20/26 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA. Y 1RA. NOMINACIÓN
Texto del aviso
JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA. Y 1RA. NOMINACIÓN
EN LO CIVIL, COMERCIAL Y FAMILIA - SECRETARÍA
NRO. 1 - SAN FRANCISCO - CÓRDOBA
Por orden del Sr. Juez de 1ª Inst. y 1ª Nom. en lo Civil, Com. y Fam., Sec. N° 1, de la Cdad. De San Francisco,
Prov. De Cba., a cargo de la Dra. CASTELLANI Gabriela Noemí - JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA, se hace saber que
en los autos caratulados “ESPARTANA S.A.S. - PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO”(Expte. Nro. 14184794)
“, por Sentencia N° 82, de fecha 11/11/2025, se dispuso la apertura del concurso preventivo de acreedores de
“ESPARTANA S.A.S.”, (CUIT N° 30-71646677- 5), inscripta en el Registro Público de Comercio, Protocolo de
Contratos y Disoluciones en la Matrícula N° 20587-A, con domicilio social en calle Sarmiento N° 628 de la ciudad
de Arroyito, Dpto. San Justo, Provincia de Córdoba. En dichos autos se ordenó la publicación de Edictos en el
Boletín Oficial de la Nación por el término de cinco días y estableció como fecha límite para que los acreedores
presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura el día trece de mayo de 2026.
Asimismo se hace saber que resultaron designados Síndicos los Contadores Públicos Alberto Federico Gerónimo
Misino, Mat. 10-10390-6, domicilio Avellaneda 700, Ciudad de San Francisco, y Federico Alfonso Devalli, Mat.
10-18089-9, con domicilio en 9 de Julio 1055, Ciudad de San Francisco, quienes aceptaron el cargo. Los pedidos
de verificación deberán realizarse en soporte digital (PDF) –tamaño de los archivos no superiores a los 5MB cada
uno; deberán identificar al peticionante y estar enumerados por ejemplo 1 de 5; 2 de 5, etc.-, conjuntamente con la
documentación escaneada de manera legible y ordenada cronológicamente en la misma secuencia mencionada
en la solicitud; la documentación original debe mantenerse en poder del presentante, pudiendo ser requerida
por la sindicatura en cualquier momento por cualquier vía – presencial, digital o videollamada; deberá remitirse a
la casilla de correo electrónico correspondiente: espartanasasverificacion@gmail.com; debiendo el peticionante
consignar su número de teléfono de contacto, domicilio procesal y electrónico –email-, a los cuales se le podrán
cursar válidamente todas las notificaciones relativas a la presente causa; deberán acompañar copia de DNI y/o
constancia de CUIT, con su documentación que acredita la personalidad que invoque en caso de personas humanas
y los elementos que acrediten la representación en caso de personas jurídicas y/o existencia del ente; y para el
supuesto de corresponder, el arancel del art. 32, LCQ deberá depositarse en la caja de ahorros perteneciente
al síndico (ALIAS: ESTUDIO.MISINO), de titularidad de Alberto Federico Gerónimo Misino, CUIT 20-21967197-1
y adjuntar comprobante de pago en el pedido verificatorio. Fdo. LAVARDA, Silvia Raquel – SECRETARIA 1RA.
INSTANCIA.
e. 05/01/2026 N° 20/26 v. 09/01/2026